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Un concejal del PP de València, cerebro jurídico de la alcaldesa, gana un pleito a un organismo del Gobierno de Díaz Ayuso

19 October 2026 at 22:01

Un concejal del PP de València, cerebro jurídico de la alcaldesa, gana un pleito a un organismo del Gobierno de Díaz Ayuso

José Marí Olano representaba a la empresa Acuña y Fombona SA frente al Servicio Madrileno de Salud

Hemeroteca - El concejal de València cuestionado por incompatibilidades no se abstiene en un proceso para ampliar la oposición en la que participan sus dos hijos

El concejal José Marí Olano, el cerebro jurídico de la alcaldesa de València, María José Catalá, ganó un pleito a un organismo público de la Comunidad de Madrid. El edil ejerce de abogado y representa a empresas de toda España.

El letrado, según una sentencia de la sección tercera de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a la que ha tenido acceso elDiario.es, ganó un pleito contra el Servicio Madrileño de Salud (Sermas), el ente de derecho público encargado del sistema de prestaciones sanitarias por parte del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso.

Marí Olano representaba a la empresa Acuña y Fombona SA, una firma especializada en el suministro de productos médico-quirúrgicos, domiciliada en Gijón, que solicitaba al Sermas un importe de 76.477 euros como pago de intereses de demora e indemnización por costes de cobro sobre facturas abonadas fuera de plazo y relativas a contratos de suministros hospitalarios.

La sentencia, que no es firme, estimó parcialmente el recurso de José Marí Olano aunque rebajó el importe a 21.201 euros por los intereses de demora devengados (la cantidad que el Sermas reconocía), además del incremento de los intereses del IVA y una indemnización de 40 euros por cada factura generadora de intereses de demora.

La resolución, del pasado 28 de mayo, reconocía como “minucioso” el informe elaborado por la subdirección general de Gestión Económica y Análisis Presupuestario del Sermas, que presentaba un “cálculo alternativo de los intereses” a partir de la fecha de recepción de las facturas “correctas”.

“La actora puede considerar que es la fecha del suministro la que ha de tenerse en cuenta, pero la Administración parte de que dicha fecha es la de conformidad de la factura, o subsidiariamente la fecha de registro electrónico de la misma, la que ha de tenerse en cuenta a la hora de determinar la fecha de inicio del plazo de 30 días que la Administración tiene para abonar los suministros

El organismo público de la Comunidad de Madrid se escudó en que “salvo en 10 facturas”, la empresa representada por Marí Olano no facilitaba la fecha de registro sino la de emisión. El informe repasa un total de 864 facturas.

La sentencia del TSJ de Madrid repasa los criterios fijados por la misma sección de la Sala de lo Contencioso y destaca que “en el concreto caso de suministros sanitarios quirúrgicos o farmacéuticos a los Servicios de Salud, que suponen cientos y en muchas ocasiones miles de suministros a diferentes hospitales (...), ese enorme volumen de suministros y las dificultades que su correcta gestión supone para un adecuado control sanitario y administrativo, justifica cumplidamente que el Servicio de Salud correspondiente cuente con un periodo previo, no superior a 30 días, para la aceptación y verificación de las prestaciones de los contratistas”.

Así, el día inicial de devengo de los intereses de demora se establece en una vez pasado el plazo de 30 días desde la fecha de conformidad por parte de la Administración autonómica de los documentos que acrediten la conformidad. Sin embargo, frente al informe del Sermas, la empresa representada por José Marí Olano no aporta “prueba alguna relativa a estas discrepancias”.

Aunque la sentencia estima parcialmente el recurso, declara “no ajustada íntegramente a derecho” la resolución desestimatoria inicial del Sermas relativa a la reclamación por parte de Acuña y Fombona SA.

La jueza de la dana frena a Rubén Gisbert, que pregunta a una alcaldesa por si grabó a Sánchez al teléfono y otros desmanes

19 October 2026 at 15:30

La jueza de la dana frena a Rubén Gisbert, que pregunta a una alcaldesa por si grabó a Sánchez al teléfono y otros desmanes

"Usted querría estar en otro procedimiento", le ha espetado la magistrada instructora al abogado y 'youtuber' conspiranoico, quien luego la ha tildado en redes sociales de "togada delincuente"

Hemeroteca - El Poder Judicial cuestiona la grabación “subrepticia” contra la jueza de la dana y duda del conspiranoico Rubén Gisbert

Rubén Gisbert, el 'youtuber' conspiranoico y abogado despedido como colaborador del programa de Iker Jiménez por mancharse aposta de barro para una conexión poco después de la catástrofe de la dana, reapareció este lunes ante la jueza instructora de la causa con ocasión del interrogatorio a la alcaldesa de Catarroja, la socialista Lorena Silvent. Gisbert, después de que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) dudara explícitamente de su actuación para atacar a la magistrada en el marco de un procedimiento disciplinario que fue archivado por unanimidad, planteó preguntas a la testigo “como [si fuera] investigada”, según le reprochó la jueza Nuria Ruiz Tobarra, quien no ocultó su hartazgo por la línea tomada por el letrado en el interrogatorio.

La instructora, según informaron a elDiario.es fuentes conocedoras de la testifical, también le recordó su “ausencia en las declaraciones” de los últimos meses, dado que Rubén Gisbert llevaba semanas y semanas sin participar en las testificales, a las que suele comparecer telemáticamente.

El abogado, que ejerce una de las acusaciones particulares en la causa, trató de preguntar a la alcaldesa de Catarroja, localidad de donde es oriundo, por la “ayuda a nivel supranacional” por parte de Ecuador, entre otros asuntos diametralmente alejados de los hechos investigados (la gestión de la emergencia de la dana del 29 de octubre de 2024, trágica jornada que acabó con 233 fallecidos).

La jueza frenó en repetidas ocasiones al letrado, advirtiéndole cada vez de que su pregunta “no procede”. Y Gisbert expresó sistemáticamente su protesta por no poder preguntar sobre si la alcaldesa de Catarroja contactó “con algún órgano supernacional” como “la Comisión Europea” o con “algún elemento de algún otro país” que prestara ayuda “a nivel municipal”. Todo ello a pesar de que, tal como había explicado la testigo en su declaración, la madrugada de la dana no había prácticamente cobertura telefónica y la única llamada que pudo efectuar —a duras penas— fue con la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé.  

La magistrada pidió varias veces a Gisbert que concretara si sus preguntas se referían al día de autos o a las jornadas posteriores, ya que la instrucción de la causa se acota a la gestión de la emergencia del 29 de octubre de 2024: “Pero, a ver, ¿a qué día se refiere usted? No sé si está en este procedimiento o está en otro que quisiera usted”.

“No es pertinente la pregunta”

El abogado incluso preguntó a la alcaldesa de Catarroja si conservaba grabaciones de sus conversaciones telefónicas con el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. “No es pertinente la pregunta”, adujo la magistrada.

A pesar de los intentos de Gisbert y de otros elementos de la causa por implicar en el procedimiento al Gobierno central, la Audiencia de Valencia ya acotó —varias veces— la investigación de los hechos a la gestión de la emergencia de la dana por parte de la Generalitat Valenciana, que ostenta por ley el mando único.  

“Usted está en un procedimiento que a lo mejor no es el que es este. Usted querría estar en otro [procedimiento], pero no es este”, afirmó la jueza, visiblemente cansada de los circunloquios del 'youtuber'.

El papel de Rubén Gisbert en la causa de la dana se ha caracterizado por insultar a una de las testigos principales de los hechos —llamó “hija de la gran puta” a Pilar Bernabé— o por tildar de “corruptos” a la jueza de la dana y a su marido, también magistrado.

En esta ocasión Gisbert tampoco podía faltar a la cita. Poco después de la testifical de Lorena Silvent, el peculiar abogado llamó en sus redes sociales a la magistrada instructora “togada delincuente”.

La alcaldesa de Catarroja relata a la jueza de la dana su "incredulidad" ante un Es-Alert enviado en pleno rescate de vecinos

19 October 2026 at 11:26

La alcaldesa de Catarroja relata a la jueza de la dana su "incredulidad" ante un Es-Alert enviado en pleno rescate de vecinos

Lorena Silvent lamenta que no recibió "ninguna llamada" de Emergencias y afirma que la única comparecencia de Carlos Mazón de aquel mediodía "hacía pensar que lo peor estaba pasando"

El alcalde de Cullera, ante la jueza sobre la llamada de Mazón desde El Ventorro en plena dana: “No la entendí”

La alcaldesa de Catarroja, la socialista Lorena Silvent, ha relatado este lunes a la jueza de la dana la “incredulidad” que sintió ante el Es-Alert enviado el 29 de octubre de 2024, trágica jornada que acabó con 233 fallecidos, a una hora —las 20.11— en la que el municipio ya hacía rato que rescataba como podía a los vecinos que se habían quedado atrapados por las inundaciones. “El agua llegaba a más de cuatro metros y los rescates se hacían por los balcones, por los primeros pisos. A partir de ahí ya llegó el mensaje del Es-Alert y todo esto ya estaba en marcha”, ha declarado Silvent ante la jueza instructora, según informan a elDiario.es varias fuentes conocedoras de su testifical. 

La primera edil ha lamentado que los responsables municipales, en plena catástrofe, no contaban con “ningún tipo de información”. “Recuerdo mucho el sentimiento de incredulidad, de cómo puede estar pasando esto si yo, que soy la máxima autoridad, no tengo ninguna información más”, ha manifestado ante la magistrada.

La testigo se ha prestado a aportar a la causa los mensajes de WhatsApp que conserva del día de auto. Las comunicaciones permiten afinar la cronología del desbordamiento del barranco del Poyo en la comarca de l'Horta Sud (a partir de las 18.33). Una vez la Policía Local confirmó que el Poyo se había desbordado en varios puntos, la alcaldesa pidió a su jefa de gabinete que emitiera un mensaje a la población diciendo que “se había desbordado por la parte más baja” del barranco en el municipio, “y que, por favor, la gente no saliese de las casas”.

Los efectivos de la Policía Local activaron un “plan de rescate”. Sin embargo, la mayoría de los rescates de los viandantes atrapados por el agua y el lodo se hicieron de manera improvisada por parte de vecinos desde las primeras plantas de los edificios, con “sábanas” o “cinturones”.

Silvent ha dicho que ni ella ni los dos centenares de personas que permanecían acogidas en dependencias municipales recibieron el segundo Es-Alert (remitido por Emergencias sobre las 21.00), en el que se pedía a la población que buscara refugio en altura.

“Ninguna llamada ni mensaje” de Emergencias

La alcaldesa de Catarroja ha enumerado las medidas previas a la dana por parte de la Corporación municipal, con la constitución de un comité asesor de emergencias. La misma jornada de la catástrofe destinó efectivos de la Policía Local a vigilar el caudal del barranco del Poyo. “Ellos nos van también remitiendo fotos y la información de cómo está el barranco”, ha explicado la primera edil.

También se suspendió la actividad lectiva, una decisión tomada con una perspectiva “supramunicipal”, al contar Catarroja con varias instituciones educativas a las que acude población de fuera de la localidad.

La testigo ha manifestado que, tras el aviso por parte del Centro de Emergencias sobre la activación de la alerta hidrológica en el barranco del Poyo, no recibieron “ninguna llamada” ni “ningún mensaje”. “No recibimos nada”, ha agregado.

También ha aludido a la comparecencia del entonces president Carlos Mazón, cerca del mediodía, en la que afirmaba que “lo peor del temporal se desplazaba hacia Cuenca, y que a las seis de la tarde ya había pasado lo peor”. “Como en esos momentos no llovía, pues eso también hacía pensar que lo peor estaba pasando”, ha afirmado Silvent. 

El “caos” de la madrugada y del día siguiente

La testigo ha aludido a los cortes de luz y a la falta de señal telefónica tras la catastrófica inundación y ha reseñado una llamada, hacia las cuatro de la madrugada, con la delegada del Gobierno, Pilar Bernabé, quien informó a la alcaldesa de que efectivos de la Unidad Militar de Emergencias (UME) trataban de acceder al municipio.

“Yo no recibo ni llamadas de aviso, ni órdenes, ni indicaciones, nada”, ha afirmado en referencia al departamento de Emergencias de la Generalitat.

Lorena Silvent también ha descrito la autoorganización municipal que se puso en marcha a partir de aquella madrugada ante la avalancha de vecinos que “no sabían dónde estaban sus familiares”. “A lo mejor tenían un último mensaje, una última llamada, pero no sabían más. Venía mucha gente al ayuntamiento preguntando: estoy buscando a mi padre, estoy buscando a mi madre”, ha apostillado.

Al amanecer, vieron el “caos” en el que se había sumido la localidad: “Recuerdo también un helicóptero y decías: ya están aquí, ya vienen. Pero no, no venía nadie”. Gracias a un sargento primero de la UME, vecino de la localidad que estaba fuera de servicio y se puso “a disposición” de la alcaldesa, se organizó una “vía de evacuación”, para la que se trató de despejar el Camí Real de Catarroja con tractores de los agricultores.

Grupo de desaparecidos, “con folios y una mesa”

Al día siguiente, la testigo percibió que “todo era un poco caótico” y que “nada funcionaba”.

“Lo primero” que pusieron en marcha fue “un grupo de personas desaparecidas”. “Allí en el ayuntamiento, con folios y una mesa, empezamos a tomar nota de todos los familiares que venían”, ha rememorado.  

Su primer contacto con un alto cargo de la Generalitat, según ha dicho ante la jueza, fue una conversación con el entonces secretario autonómico de Emergencias, Emilio Argüeso, quien le dijo que había acudido al municipio “para ver las necesidades” de una residencia de personas mayores y “por orden de la vicepresidenta” Susana Camarero.

La Cruz Azul: condenada a 13 años de prisión la familia que se forró explotando a cuidadoras de personas mayores

18 October 2026 at 20:47

La Cruz Azul: condenada a 13 años de prisión la familia que se forró explotando a cuidadoras de personas mayores

Los responsables de la entidad, que deberán indemnizar con 2,1 millones de euros a la Seguridad Social, pagaban sueldos miserables a mujeres extranjeras con una "necesidad apremiante" de acceder al empleo

Hemeroteca - La Conselleria de Políticas Inclusivas abre una inspección a una empresa de atención domiciliaria a dependientes

La familia valenciana que manejaba el entramado de La Cruz Azul, una galaxia de entidades dedicadas al cuidado a domicilio de personas mayores, ha sido condenada a 13 años de prisión por los delitos contra la Seguridad Social, contra los derechos de los trabajadores y por frustración de la ejecución. Se trata de Manuel Gordillo Gómez; su esposa María del Carmen Solá Pérez, y los hijos de ambos, David y Rubén Gordillo Solá –este último condenado a una pena más baja, de seis años de cárcel–. En materia de responsabilidad civil, deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria con un importe de 2,1 millones de euros, además de los intereses de demora, a la Tesorería General de la Seguridad Social, que ejercía la acusación junto con el fiscal Ricardo Olivares.

La sentencia dictada por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, a la que ha tenido acceso elDiario.es, considera probado que, entre octubre de 2017 y diciembre de 2021, los condenados dieron de alta como autónomos a 1.978 trabajadores que “prestaban sus servicios en domicilios particulares por toda España atendiendo a personas mayores y a dependientes, pese a que eran en realidad trabajadores por cuenta ajena, por lo que debían haber sido dados de alta en el Régimen General [de la Seguridad Social]”. Se trataba, según concluye el fallo, de un mero “ardid” que propició el fraude.

Los condenados constituyeron una “organización empresarial” para la prestación de la atención domiciliaria a través de las entidades Asociación Dependencia La Cruz Azul, La Cruz Azul Tercera Edad SL y, a partir de 2017 (a consecuencia de las importantes deudas generadas con la Seguridad Social), Darucama Cooperativa Valenciana, cuyo consejo rector estaba formado por Manuel Gordillo, María del Carmen Solá y los dos hijos de ambos. La Asociación Depma, por su parte, se encargaba del reclutamiento de los trabajadores, de la captación de clientes y de la atención telefónica.

La estructura familiar manejaba cifras llamativas. La Asociación Dependencia La Cruz Azul, que “formalmente carece de trabajadores y no declara prácticamente ingresos”, se embolsó entre 2017 y 2021 un importe total de 17,5 millones de euros, según acredita el tribunal.

800 euros por una jornada de lunes a domingo

“Si bien formalmente Darucama aparentaba ser una cooperativa de trabajo asociado, en realidad no funcionaba como tal”, afirma el apartado de hechos probados de la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado José María Gómez Villora. De hecho, las condiciones laborales y de Seguridad Social de los empleados de la cooperativa “les venían dadas” por los condenados, “sin posibilidad real de dichos trabajadores de optar por otras”.

Se trataba, generalmente, de “ciudadanos extranjeros en paro, con escasa instrucción y una necesidad apremiante de acceder a un empleo”, que desconocían que eran autónomos y que tenían prestaciones por desempleo inexistentes o de peor condición que el Régimen General de la Seguridad Social. Además, “solo podían contactar con la empresa por vía telefónica o por correo electrónico”.

“Las condiciones de vacaciones, salarios, jornada, descanso semanal y permisos eran de peor condición que las de un trabajador ordinario del mismo sector”, apostilla la sentencia de la Audiencia de Valencia, que avala todas las conclusiones de la acusación pública.

Los trabajadores de la cooperativa solían percibir un salario de 800 euros mensuales por una jornada de lunes a domingo (si estaban como internos en el domicilio) y de 700 euros si tenían un día de descanso a la semana. “No se cobraban las vacaciones y no se percibían pagas extras, ni pluses de antigüedad, nocturnidad o festivos”, indica la sentencia.

La Asociación Dependencia La Cruz Azul transfería a la cooperativa el 75% de los ingresos que percibía de las familias que abonaban los cuidados a domicilio y Dacurama, a su vez, pagaba el salario de los trabajadores a su servicio. Por otro lado, Manuel Gordillo y María del Carmen Solá disponían de las cantidades ingresadas “en su propio beneficio, transfiriéndolas a sus cuentas particulares”, afirma la resolución de la Audiencia de Valencia, que absuelve a los acusados del delito de falsedad documental.

Entre 2017 y 2020, Manuel Gordillo Gómez percibió 123.000 euros; su esposa María del Carmen Solá, 125.000 euros; David Gordillo Solá, 148.000 euros y Rubén Gordillo Solá, 120.000 euros.

Vehículos de alta gama y una embarcación

El matrimonio —“con el fin de preservar el patrimonio familiar de futuras reclamaciones de la Seguridad Social” contra La Cruz Azul— había creado la mercantil Macardaru SL, para cuya constitución aportó dos chalés: uno en la urbanización Cumbres de Calicanto de Chiva, su domicilio, y otro en la urbanización El Tossal de La Nucia, destinado a veces al alquiler vacacional (ambos inmuebles hipotecados).

Además, Macardaru SL también figuraba como titular de un notable parque automovilístico, que incluye un Jaguar, dos Porsche, un Aston Martin, un Audi Q7, un BMW Z3, un Jeep Wrangler y un Mercedes. También era titular de una embarcación —el Anadena Cuatro— registrada en el distrito marítimo de Maó (Menorca).

Manuel Gordillo reconoció en el juicio el “uso familiar” de los vehículos y de la embarcación, aunque alegó que eran de “escaso valor”. Por su parte, según esgrimió María del Carmen Solá, los bólidos eran “muy antiguos”.

“Los acusados”, afirma la sentencia, “han conseguido mantener los bienes que aparecen como titularidad de Macardaru SL fuera del alcance de la acción recaudadora que la Tesorería General de la Seguridad Social ha llevado a cabo para intentar el cobro de las cuantiosas deudas generadas desde el inicio de su actividad y que se ha traducido en la tramitación de 33 expedientes de ejecución dirigidos contra el acusado Manuel Gordillo Gómez y cuatro contra la entidad Darucama, con resultado infructuoso”.

La defensa de Manuel Gordillo negó la intención de defraudar o de eludir deudas; la de su mujer dijo que María del Carmen Solá “confiaba plenamente en su esposo”, y la de los dos hijos mantuvo que “se limitaban a cumplir las directrices que en la gestión del negocio les daban sus progenitores”.

Gordillo también defendió que una sociedad sin ánimo de lucro puede mantener “tráfico mercantil” y asumió la gestión de “todo”, mientras que el papel de su mujer, según manifestó, se limitaba a la coordinación de los sanitarios, el de su hijo David a “la publicidad” y el otro vástago, Rubén, se dedicaba “a nada, tan solo a ayudar a su madre”. El condenado adujo que las inspecciones iniciales a La Cruz Azul se encadenaron “porque las familias no daban de alta a las socias” que se encargaban de los cuidados a domicilio de las personas mayores y de los dependientes (de ahí la creación posterior de la cooperativa, según la tesis de la defensa).

Gastos en “actividades náuticas y joyería”, según la UDEF

El tribunal, por el contrario, comparte las conclusiones de las inspectoras de trabajo, que comparecieron en calidad de peritos en la vista oral. Por otro lado, el informe elaborado por la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) de la Policía Nacional concluyó que la mayoría de las trabajadoras tenían un “nivel cultural bajo” y algunas ni siquiera hablaban o entendían “correctamente el castellano”.

“Debido a su necesidad de trabajar, confiaron en sus interlocutores y firmaron todos los documentos que les mandaron, sin asesorarse previamente y sin desconfiar de la empresa”, agrega el informe policial. Más de un centenar de esos trabajadores, la mayoría mujeres, declararon en el juicio como testigos.

La UDEF también destacó los ocho coches a nombre de la empresa, “de alta gama” y con “alta valoración económica”, así como los “importantes gastos” de la familia “relacionados con los vehículos, con actividades náuticas y joyería”.

La mercantil, por lo demás, se erigía en un “instrumento” que permitía al matrimonio “disfrutar de su patrimonio, sin riesgo de reclamaciones”. “Si cualquiera de los bienes muebles o inmuebles fuesen titulados por el matrimonio en vez de por Macardaru SL podrían responder de las deudas”, explicaba el informe de la UDEF.

37 expedientes de apremio en 24 provincias

La sentencia de la sección segunda de la Audiencia de Valencia, dictada el 15 de diciembre de 2025, fue recurrida por las defensas de la familia. Sin embargo, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJ-CV) desestimó el pasado 16 de junio los recursos, confirmando la condena como “correcta”.

El fallo del alto tribunal autonómico, al que también ha tenido acceso este diario, consideraba que la intervención del matrimonio y de sus dos hijos en la constitución y en el funcionamiento de las sociedades y de la cooperativa resultó plenamente acreditado. El TSJ-CV sostiene que con la empresa Macardaru SL, una “sociedad sin actividad” administrada por María del Carmen Solá, “tenían a resguardo sus bienes”.

“Toda la actividad antes descrita llevada a cabo por los recurrentes los llevó a la creación de esta sociedad para salvaguardar sus bienes” y evitar así el reguero de embargos acordados en un total de 37 expedientes de apremio, “seguidos en 24 direcciones provinciales de la Seguridad Social de toda España”.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJ-CV asevera que la participación de los cuatro condenados “es evidente, porque intervienen en las sociedades familiares”. Además, Carmen Solá “participó activamente en la dirección de los negocios familiares desde la constitución de las primeras sociedades, junto con su marido”, agrega la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Vicente Torres.

La sentencia del TSJ-CV, que no es firme, fue recurrida por la familia ante el Tribunal Supremo, según ha podido saber elDiario.es. Fuentes de las defensas no han contestado las llamadas de este periódico.

Los difusores del bulo del 'caso Bar España' se retractan ante el tribunal: "Todos están sinceramente arrepentidos"

16 October 2026 at 12:33

Los difusores del bulo del 'caso Bar España' se retractan ante el tribunal: "Todos están sinceramente arrepentidos"

El juez deniega la petición de las defensas de que el expresident Francisco Camps declare presencialmente

Juicio por el bulo del 'caso Bar España': el fiscal pide siete años y medio de prisión

Los difusores del bulo del 'caso Bar España' recogen cable. Las defensas de los seis acusados, que se enfrentan a peticiones de pena por parte de la Fiscalía de hasta siete años y medio de prisión, han expuesto en la sesión de cuestiones previas del juicio, celebrado este viernes ante la Plaza 3 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Castelló, el arrepentimiento de sus clientes, pertenecientes a la esfera del submundo conspiracionista de internet y de las redes sociales. “Todos se retractan y todos están sinceramente arrepentidos”, ha afirmado el abogado de Juan Lankamp Riaza y de Gabriel Hernández.

El bulo ideado originalmente —por venganza contra su exmujer y la pareja de esta última— por el peluquero Reinaldo Colás, fallecido en 2017, aseguraba que existía una supuesta trama de pederastia y de asesinatos de menores de la que habían sido víctimas sus propias hijas. La fábula llegó a implicar a la magistrada que archivó la denuncia inicial de Colás por falta de pruebas; a enemistades personales del peluquero, y a personajes públicos diametralmente opuestos en términos ideológicos, tales como el expresidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra, el expresident de la Generalitat Valenciana Francisco Camps, o la ex vicepresidenta del Consell Mónica Oltra.

En la primera sesión del juicio, el letrado que ejerce la defensa de Ramón Valero Consuegra, alias Un técnico preocupado, ha cuestionado la cadena de custodia y ha aludido a un informe, aportado a la causa a modo de prueba documental, que “acredita” la retirada desde 2016, tras la entrada y registro en su domicilio, de los contenidos referidos al bulo alojados en su página web.

El fiscal, por su parte, ha cuestionado que Valero Consuegra haya pedido comparecer telemáticamente y ha ironizado con el arrepentimiento expresado por Un técnico preocupado, “compungido de dolor”. “Veremos si eso es verdad o es estrategia de su defensa, me parece una desfachatez y creo que no es de recibo en modo alguno”, ha apostillado el representante del Ministerio Público.

El abogado de Juan Lankamp Riaza ha señalado que su cliente ya fue condenado por estos hechos en la vía civil (por intromisión al derecho al honor, junto con la también acusada Pilar Baselga) y ha recordado que una de sus clientas, Nuria Carque Vera, falleció antes del juicio al haber “minado este tema su salud”. El letrado ha agregado que los acusados “no querían llegar a esto”, en referencia a la vista oral.

El fiscal, escéptico ante la retractación

El fiscal, que no ha ocultado su escepticismo, ha insistido en que la retractación de Ramón Valero “tiene que ser personal”. “Si quiere retractarse que venga, estaremos gustosos de oírle aquí en la sala de vistas”, ha remachado.

“A fecha de hoy”, según ha dicho el fiscal, “aunque haya descolgado algunas comunicaciones, siguen vigentes las acusaciones en internet y siguen desplegando su efectividad”.

Las defensas han alegado en la fase de cuestiones previas la, a su juicio, prescripción de los hechos y han tratado de desvincular a sus respectivos clientes de cualquier tipo de coordinación en la propagación del bulo.

Carlos Fabra aduce enfermedad

Por otro lado, el tribunal ha denegado la posibilidad, solicitada por las defensas, de que el expresident Francisco Camps, uno de los señalados por el bulo del 'caso Bar España', declarara por videoconferencia. El magistrado ha avalado el modo telemático al habérseles concedido la misma opción a otros perjudicados y testigos, e incluso a algunos de los acusados.

Carlos Fabra, al igual que un capitán de la Guardia Civil perseguido por el bulo, han solicitado no comparecer en la vista oral, aduciendo enfermedad. Sin embargo, ante las alegaciones del Ministerio Público, el juez ha acordado la comparecencia telemática de ambos testigos, sin perjuicio de que puedan aportar un informe médico.

Un acusado que se defiende a sí mismo

Uno de los acusados, Javier Fernández Torres, que ha comparecido telemáticamente, ejerce su propia defensa. El juez, hacia el mediodía, ha tenido que advertirle de que no desconectara la cámara. El aludido ha argüido que estaba desayunando.

Fernández Torres, según la acusación pública, fue contratado por Reinaldo Colás y creó una entidad llamada 'Abogados contra la Corrupción' con “la única finalidad de dar apariencia de seriedad a sus actuaciones” en el marco de la difusión del bulo.

El acusado ha precisado que 'Abogados contra la Corrupción' era una “firma privada” y no “una asociación” y ha esgrimido la supuesta vulneración de derechos fundamentales que ha sufrido. “Entiendo, como profesional del derecho, que esto es un fraude procesal de libro”, ha manifestado.

También ha atacado a la causa en la que figura como acusado: “Con este procedimiento se ha evitado que las denuncias de Reinaldo Colás se investiguen”, ha abundado el abogado, en una exposición que poco tenía que ver con la fase de cuestiones previas, tal como le ha reprochado el magistrado varias veces, con llamativa paciencia.

El fiscal ha explicado que “decir que lo denunciado por Reinaldo Colás no fue investigado es una falsedad absoluta” y ha recordado que el hombre fue condenado en varias ocasiones por denuncia falsa.

Juicio por el bulo del 'caso Bar España': el fiscal pide siete años y medio de prisión

15 October 2026 at 08:56

Juicio por el bulo del 'caso Bar España': el fiscal pide siete años y medio de prisión

El tribunal cita de testigos a políticos víctimas del infundio: Carlos Fabra, Francisco Camps y Mónica Oltra

Hemeroteca - La difusora del bulo de la mujer de Sánchez se enfrenta a siete años de cárcel por las falsedades del 'Bar España'

Seis difusores del bulo del 'caso Bar España' se sientan este viernes en el banquillo de los acusados ante la Plaza 3 de la Sección Penal del Tribunal de Instancia de Castelló. Entre los acusados figuran personajes relevantes del submundo conspiranoico como Pilar Baselga, absuelta en primera instancia por vincular a Begoña Gómez, esposa del presidente Pedro Sánchez, con el narcotráfico y llamarla “Begoño”, insinuando que es un hombre; Juan Lankamp Riaza, ya condenado por intromisión ilegítima en el derecho al honor; Ramón Valero Martín Consuegra, alias Un técnico preocupado, o Javier Fernández Torres, que usaba “como pantalla” a la entidad “Abogados contra la corrupción” para dar una pátina de seriedad al bulo, según indica el fiscal en su escrito de acusación.

El representante del Ministerio Público solicita inicialmente para los acusados una pena de siete años y medio de prisión por los presuntos delitos contra la integridad moral y continuado de calumnias con publicidad contra autoridad y funcionario y contra particular.

Tras la fase inicial de cuestiones previas, prevista para este viernes, el tribunal ha reservado las sesiones de los próximos 20 y 21 de octubre para las declaraciones de los 34 testigos propuestos por la acusación pública y por las defensas, entre ellos la magistrada víctima del bulo; el expresidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra; el expresident de la Generalitat Valenciana Francisco Camps, o la ex vicepresidenta del Consell Mónica Oltra, todos ellos vinculados por los acusados con una inexistente trama de pederastia.

La sesión del 22 de octubre se ha reservado para la declaración como peritos de un forense y del jefe del Grupo de Investigación Tecnológica de la Policía Nacional de Castelló. Tras ellos, será el turno de los acusados.

Entre los testigos del juicio figuran las dos hijas del peluquero Reinaldo Colás, fallecido el 17 de diciembre de 2017 y creador original del bulo, según el Ministerio Fiscal. Colás denunció a la pareja de su exmujer por unos supuestos abusos, aunque una jueza archivó la causa al no haberse acreditado los hechos “y tratarse más bien de una venganza” contra su exmujer, según el fiscal.

Así, Colás “inició una campaña de difamación contra la referida jueza y contra todas aquellas personas que habían intervenido en el proceso”, mantiene el representante del Ministerio Público. El peluquero creó una falsa trama de orgías con menores de edad (incluso aludía a asesinatos) en el Bar España, un establecimiento situado en la carretera de Benicarló, en las que participaba una supuesta “mafia empresarial y judicial” que tan solo existía en su cabeza.

Políticos y “enemistades personales” de Colás

También incluyó “paulatinamente” tanto a personas con relevancia pública, especialmente Carlos Fabra, como a “enemistades personales” suyas. Todo ello “usando a menores y personas adictas a drogas”.

Todas sus denuncias fueron archivadas —“al demostrarse ser absolutamente falsas”— e incluso fue condenado en 2013 por el Juzgado de lo Penal número 1 de Vinarós como autor de un delito de acusación y denuncias falsas.

El peluquero Reinaldo Colás, en una imagen de archivo.
El peluquero Reinaldo Colás, en una imagen de archivo.

Entre los acusados también figura Virginia Mota San Máximo, “redactora” de un “periódico digital” denominado “Aquí Actualidad” que amplificó el bulo, según el cual “casi un centenar de niños fueron violados de forma continuada en Castellón por una red de pedofilia que implica a políticos muy conocidos”. Santiago Cordido García, editor de “Actualidad Aquí”, figura como responsable civil.

La propagación del bulo, que fue calando en algunos estratos de la sociedad, supuso un auténtico infierno para la jueza que tuvo la desgracia de cruzarse en un inicio con Reinaldo Colás. Pilar Baselga, ya condenada junto con el acusado Juan Lankamp Riaza por intromisión ilegítima al derecho al honor de la magistrada, se permitió afirmar que la jueza señalada “mata niños”, según indica el escrito del fiscal. Otro de los acusados, Ramón Valero Martín Consuegra, tuvo un “impacto” de “gran relevancia” con sus publicaciones en la red.

Algunos de los menores que usó Reinaldo Colás para engordar el bulo, generalmente en situación de exclusión social, reconocieron en un reportaje del programa Equipo de Investigación de La Sexta que todo había sido una pura invención.  

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