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Casación rechazó un recurso de Máximo y Florencia Kirchner contra los embargos de Hotesur y Los Sauces

22 October 2026 at 20:47
La Cámara Federal de Casación Penal rechazó por mayoría un recurso de Máximo y Florencia Kirchner contra los embargos preventivos de 13 inmuebles de Hotesur y Los Sauces, dispuestos en el marco de la ejecución de la condena por la causa Vialidad (NA)

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso extraordinario presentado por Máximo y Florencia Kirchner contra el embargo preventivo de 13 inmuebles pertenecientes a las sociedades Hotesur S.A. y Los Sauces S.A., dispuesto en el marco de la ejecución patrimonial de la condena dictada en la causa Vialidad. Por mayoría, el máximo tribunal penal del país consideró que no estaban reunidos los requisitos necesarios para habilitar la intervención de la Corte Suprema de Justicia.

La resolución, dictada este jueves, lleva las firmas de los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, integrantes de la Sala IV. Hornos y Barroetaveña votaron por declarar inadmisible la presentación, mientras que Borinsky se pronunció en disidencia, a favor de conceder el recurso extraordinario.

El expediente tiene su origen en la condena dictada el 6 de diciembre de 2022 por el Tribunal Oral Federal N° 2, que sentenció a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, como autora del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. En el mismo juicio fueron condenados, entre otros, el empresario Lázaro Báez, el exsecretario de Obras Públicas José López y el extitular de Vialidad Nacional Nelson Periotti, por irregularidades en la adjudicación de obras públicas nacionales en Santa Cruz.

Entre los 13 inmuebles embargados figura el departamento de San José 1111, en el barrio porteño de Constitución, donde Cristina Kirchner cumple prisión domiciliaria tras su condena en la causa Vialidad

Esa sentencia fue confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal el 13 de noviembre de 2024 y quedó firme el 10 de junio de 2025, cuando la Corte Suprema rechazó los recursos de las defensas. Desde entonces, el tribunal oral lleva adelante la ejecución de las penas y del decomiso de bienes, cuyo monto fue actualizado en $684.990.350.139,86.

En ese contexto, el 11 de agosto de 2026, el Tribunal Oral Federal N°2 dispuso el embargo preventivo de trece inmuebles de Hotesur y Los Sauces, sociedades cuyos accionistas son Máximo y Florencia Kirchner, quienes no fueron juzgados en la causa Vialidad. La medida tiene carácter cautelar y busca preservar las propiedades hasta que se resuelva si corresponde su decomiso definitivo.

Entre los bienes alcanzados figura el departamento de San José 1111, en el barrio porteño de Constitución, donde la expresidenta cumple prisión domiciliaria, además de unidades del complejo Madero Center, en Puerto Madero, y propiedades situadas en El Calafate, El Chaltén y Río Gallegos, en la provincia de Santa Cruz.

Contra esos embargos, el abogado Luis Joel Goldin, en representación de ambos hermanos, presentó un recurso de casación en el que cuestionó la legalidad y proporcionalidad de las medidas. La defensa sostuvo que los inmuebles pertenecen a Hotesur S.A. y Los Sauces S.A., sociedades con personalidad jurídica propia, y señaló que ni las empresas ni sus accionistas fueron condenados en la causa Vialidad. También objetó que los embargos se hubieran dispuesto sin un monto determinado y alegó que las restricciones patrimoniales afectaban el derecho de propiedad y el normal desenvolvimiento comercial de ambas firmas.

Carlos Beraldi, defensor de Cristina Kirchner, solicitó junto a Ary Llernovoy que se concediera el recurso extraordinario presentado por Máximo y Florencia Kirchner para que la Corte Suprema pudiera revisar los embargos sobre los inmuebles de Hotesur y Los Sauces (EFE/Matías Martin Campaya)

El 18 de septiembre, la Sala IV del máximo tribunal penal federal declaró inadmisible ese recurso por mayoría, al considerar que los embargos constituían medidas cautelares y que no se había demostrado un perjuicio de imposible reparación posterior que justificara la intervención de Casación.

Frente a ese pronunciamiento, Goldin interpuso un recurso extraordinario federal para intentar que la controversia fuera examinada por la Corte Suprema. En su presentación, cuestionó la fundamentación de la resolución, invocó garantías constitucionales y sostuvo que se había impedido la revisión judicial de las medidas patrimoniales.

Durante la tramitación del recurso extraordinario presentado por el apoderado de Máximo y Florencia Kirchner, el fiscal general ante Casación, Mario Villar, dictaminó que correspondía declararlo inadmisible. Por su parte, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, defensores de Cristina Kirchner, también intervinieron en el expediente y solicitaron que se habilitara su tratamiento ante la Corte Suprema.

Los fundamentos de Casación

Al fundamentar su voto, el juez Hornos sostuvo que el recurso “no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal ni demuestra la existencia de una cuestión federal debidamente fundada”, conforme a las exigencias legales para acceder a la instancia extraordinaria.

El camarista explicó que las decisiones vinculadas con medidas cautelares no constituyen, como regla general, sentencias definitivas y que la parte recurrente no había acreditado un perjuicio de imposible o insuficiente reparación posterior que permitiera apartarse de ese criterio.

Los jueces de la Sala IV de Casación Federal Diego Barroetaveña y Gustavo Hornos votaron por rechazar el recurso de Máximo y Florencia Kirchner, mientras que Mariano Borinsky se pronunció en disidencia a favor de habilitar la intervención de la Corte Suprema

Además, descartó la existencia de arbitrariedad en la resolución impugnada y postuló que tampoco se había justificado suficientemente la gravedad institucional invocada para habilitar la intervención del máximo tribunal.

Por su parte, su colega Barroetaveña adhirió a los fundamentos de Hornos y consideró que “la parte se ha limitado a expresar su discrepancia con lo decidido”. También planteó que los cuestionamientos remitían a cuestiones de derecho común y procesal que no habilitaban, en las circunstancias del caso, el recurso extraordinario federal.

En disidencia, el camarista Borinsky entendió que correspondía permitir la revisión del caso por la Corte Suprema. En su voto recordó que “las medidas precautorias dispuestas por el tribunal de juicio están destinadas a satisfacer el decomiso sobre bienes de titularidad de sociedades cuyos accionistas, aquí recurrentes, no han sido condenados en autos”.

En esa línea, consideró que la resolución cuestionada podía equipararse a una sentencia definitiva por la posibilidad de ocasionar un perjuicio de difícil reparación posterior. El camarista también remitió a una intervención anterior, del 24 de abril, en la que había advertido una falta de fundamentación suficiente sobre la vinculación temporal entre la adquisición de determinados bienes y la maniobra delictiva.

Para Borinsky, el recurso estaba debidamente fundado en los derechos constitucionales de propiedad y legalidad, así como en los cuestionamientos referidos a la arbitrariedad de la decisión recurrida.

Este viernes 23 de octubre comenzará el juicio oral unificado por Hotesur y Los Sauces, en el que Cristina y Máximo Kirchner están acusados por presuntas maniobras de lavado de activos mediante operaciones hoteleras e inmobiliarias (NA)

Finalmente, con los votos de Hornos y Barroetaveña, Casación declaró inadmisible el recurso extraordinario federal, con costas, y dispuso la remisión digital de las actuaciones al tribunal de origen. No obstante, Máximo y Florencia Kirchner aún pueden acudir directamente ante el Máximo Tribunal mediante un recurso de queja para solicitar la revisión de la decisión.

La resolución se conoció en la antesala del juicio oral unificado por las causas Hotesur y Los Sauces, previsto para este viernes 23 de octubre ante el Tribunal Oral Federal N° 5. En ambos expedientes, independientes de la ejecución patrimonial de Vialidad, se investigan presuntas maniobras de lavado de activos mediante operaciones hoteleras e inmobiliarias. Entre los acusados figuran Cristina y Máximo Kirchner, quienes fueron autorizados a participar por Zoom de la audiencia inicial, durante la lectura de los requerimientos de elevación a juicio. La medida no se extiende al resto del debate, en el que deberán comparecer personalmente cuando su presencia sea requerida.

El Ministerio Público Fiscal recibió un edificio en la ex ESMA para implementar el sistema acusatorio en la Justicia federal

22 October 2026 at 18:42
El Ministerio Público Fiscal recibió un edificio en el predio de la ex ESMA, en Núñez, que será destinado al funcionamiento de dependencias de la Procuración General de la Nación ante la implementación del sistema acusatorio en la Justicia federal porteña (Fotos: Matías Pellón - Fiscales.gob.ar)

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, recibió del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, la tenencia de un edificio ubicado en el predio de la ex Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), en el barrio porteño de Núñez. El inmueble será destinado al funcionamiento de dependencias del Ministerio Público Fiscal (MPF), ante la implementación del sistema acusatorio en los fueros federal y penal económico de la Ciudad de Buenos Aires, prevista para el 15 de febrero de 2027.

Según informó el MPF en su portal oficial, la entrega se formalizó mediante un acta suscripta por ambos funcionarios, que comprende la infraestructura, el mobiliario y el equipamiento del edificio N° 11, denominado “Presidente Dr. Raúl Ricardo Alfonsín”. La propiedad se encuentra sobre la avenida Del Libertador 8151, dentro del Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, y dispone de tres plantas y una superficie de 3.681 metros cuadrados.

Las instalaciones albergarán áreas y unidades especializadas de la Procuración General que brindarán asistencia técnica a los fiscales en investigaciones complejas. Durante el acto, Casal destacó que “la infraestructura física y la disponibilidad de espacios adecuados no son meros aspectos logísticos, sino que resultan indispensables para garantizar la plena independencia operativa y técnica del Ministerio Público Fiscal”.

El edificio N° 11 “Presidente Dr. Raúl Ricardo Alfonsín”, ubicado en el predio de la ex ESMA, cuenta con tres plantas y 3.681 metros cuadrados y albergará dependencias especializadas de la Procuración General de la Nación para asistir a los fiscales en investigaciones complejas

El procurador también manifestó su satisfacción por la respuesta a los reiterados planteos sobre la insuficiencia de espacios para implementar el sistema acusatorio en la Capital Federal. A su vez, anticipó que el edificio permitirá concentrar dependencias dedicadas a colaborar con los fiscales en investigaciones de alta complejidad.

El sistema acusatorio, que comenzará a regir en los tribunales federales de Comodoro Py y en el fuero penal económico porteño, dispone que los fiscales asuman la dirección de las investigaciones y la responsabilidad de formular y sostener las acusaciones. Los jueces, por su parte, tendrán a su cargo el control de las garantías constitucionales y la resolución de los planteos de las partes en audiencias orales. El modelo también contempla legajos digitales y plazos procesales específicos.

La reforma avanza de manera progresiva en la Justicia federal. Desde septiembre pasado, con su incorporación en La Plata, el sistema acusatorio funciona en 11 de los 18 distritos federales del país, entre ellos Salta, Jujuy, Rosario, Mendoza, Comodoro Rivadavia, Mar del Plata, Posadas y La Plata. El cronograma prevé su entrada en vigencia en Paraná el 30 de noviembre de 2026 y en Córdoba el 8 de marzo de 2027.

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques

La incorporación del inmueble de Núñez se añade a la cesión del edificio conocido como “La Monedita”, concretada el 13 de agosto. Localizado en Cabo Pablo Teodoro Fels 330, en Retiro, perteneció a la Casa de la Moneda y fue acondicionado con mobiliario y equipamiento tecnológico. Está situado cerca de los tribunales federales de Comodoro Py y se asignó al Área de Atención Inicial del MPF y a espacios para el resguardo de efectos.

Por su parte, Mahiques indicó que las incorporaciones de inmuebles integran las medidas destinadas a acompañar la reforma procesal. El ministro precisó que, con las nuevas instalaciones, el organismo pasará a contar con más de 10.000 metros cuadrados de superficie. En el mismo predio de la ex ESMA, los edificios 22 y 23 fueron asignados al trabajo de relevamiento documental de la UFI-AMIA.

El convenio cede el edificio a la Procuración General por 20 años y establece condiciones para preservar el patrimonio histórico del predio

La asignación del edificio de la ex ESMA quedó instrumentada mediante un convenio firmado el 3 de febrero de 2026 por Mariano Cúneo Libarona, entonces ministro de Justicia; Eduardo Casal; y Gabriela Patricia Alegre, representante del Directorio de Organismos de Derechos Humanos del Ente Público Espacio para la Memoria. El acuerdo fue protocolizado mediante la Resolución PGN 2/2026.

El convenio fija una tenencia de 20 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales. Estipula que el inmueble deberá utilizarse exclusivamente para oficinas y dependencias de la Procuración General, prohíbe su empleo para alojar, custodiar o trasladar personas privadas de la libertad y establece condiciones para preservar el patrimonio histórico del predio.

La Corte Suprema rechazó dos reclamos para obtener el reconocimiento como veteranos de Malvinas

21 October 2026 at 22:57
La Corte Suprema dejó firmes dos fallos que rechazaron pedidos de reconocimiento como veteranos de la Guerra de Malvinas y de acceso a las pensiones correspondientes, tras desestimar los recursos por incumplimientos formales (Instagram @NASA)

La Corte Suprema de Justicia rechazó este miércoles dos recursos presentados por personas que reclamaban ser reconocidas como veteranos de la Guerra de Malvinas y acceder a los beneficios establecidos para los excombatientes. Los expedientes involucraban a demandantes que habían prestado servicios militares en Santa Cruz y Tierra del Fuego durante el conflicto de 1982, pero cuyos pedidos habían sido desestimados por tribunales inferiores al considerar que no se había acreditado su participación en acciones bélicas.

En ambos casos, el máximo tribunal desestimó las quejas por incumplimientos de los requisitos establecidos en la acordada 4/2007, que regula las condiciones formales de presentación de los recursos extraordinarios y las quejas ante la Corte.

El beneficio solicitado está contemplado en la ley 23.848, sancionada el 27 de septiembre de 1990, que estableció una pensión vitalicia para excombatientes de Malvinas. La normativa fue modificada y ampliada posteriormente, entre otras disposiciones, por las leyes 24.652 y 24.892, sancionadas en 1996 y 1997, respectivamente.

El régimen comprende distintas categorías de beneficiarios, entre ellos exsoldados conscriptos que estuvieron destinados en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) o participaron efectivamente en combates dentro del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), así como civiles que cumplieron determinadas tareas de servicio o apoyo durante el conflicto, entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982.

La Operación Rosario, ejecutada el 2 de abril de 1982 para recuperar las Islas Malvinas, marcó el inicio del conflicto bélico y dio lugar a la puesta en funcionamiento del Teatro de Operaciones Malvinas (TOM), la jurisdicción militar establecida para las operaciones en el archipiélago

El TOM fue la jurisdicción militar establecida el 2 de abril de 1982 para las operaciones relacionadas con las islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur, y estuvo vigente hasta el 7 de abril. A partir de entonces comenzó a funcionar el TOAS, que comprendió un ámbito operacional más amplio, incluidos espacios marítimos y aéreos, hasta la finalización de la guerra.

Paralelamente, se estableció el Teatro de Operaciones Sur (TOS), que abarcaba unidades militares desplegadas en el territorio continental al sur del paralelo 42. Estas delimitaciones territoriales y operativas adquirieron relevancia en los reclamos judiciales, en los que se discutió si las funciones desempeñadas por los demandantes durante el conflicto reunían los requisitos establecidos por la legislación para acceder a la pensión.

Los dos reclamos judiciales

Uno de los expedientes fue promovido por Carlos Alberto Olguín contra el Estado nacional, a través del Ministerio de Defensa. El demandante solicitó ser reconocido como veterano y acceder a la pensión honorífica correspondiente, sobre la base de que durante el conflicto había sido desplazado al Regimiento de Caballería de Tanques 11, ubicado en Puerto Santa Cruz.

Sin embargo, la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó el rechazo de la demanda al considerar que no se había acreditado que Olguín hubiera participado en el TOM o en el TOAS, ni que hubiera intervenido en acciones bélicas.

El demandante cuestionó ese pronunciamiento mediante un recurso extraordinario federal y, posteriormente, acudió en queja ante la Corte Suprema, que desestimó la presentación por incumplimiento de la acordada 4/2007.

La segunda causa, caratulada “Rojas, Raúl Roberto y otros c/ Estado Nacional - Armada Argentina s/ reajuste de haberes”, fue iniciada por personas que habían prestado servicios en una sección de la Agrupación Seguridad de la Base Naval de Ushuaia, en Tierra del Fuego, durante la guerra.

El Edificio Libertad, sede del Estado Mayor General de la Armada Argentina. La fuerza fue demandada por exintegrantes de una unidad de seguridad de la Base Naval de Ushuaia que reclamaban su reconocimiento como veteranos de la Guerra de Malvinas

Los demandantes solicitaron su reconocimiento como veteranos y la incorporación al Listado de Excombatientes de Malvinas, con el objetivo de acceder al beneficio contemplado en la ley 23.848.

La Cámara Federal de Tucumán rechazó la demanda al considerar que los reclamantes no habían participado en acciones bélicas. Frente a esa decisión, los actores interpusieron un recurso extraordinario federal y luego acudieron en queja ante la Corte Suprema, que también desestimó la presentación por incumplimiento de los requisitos formales fijados por la máxima instancia judicial.

En ambos expedientes, el presidente del máximo tribunal, Horacio Rosatti, se excusó de intervenir por razones de “delicadeza y decoro”, apartamientos que fueron aceptados.

En la causa iniciada por Olguín, la resolución fue suscripta por Ricardo Lorenzetti, Carlos Rosenkrantz y los conjueces Eduardo Tazza, José María Montesi y Fernando Robiglio. En el expediente Rojas, intervinieron Lorenzetti, Rosenkrantz y los conjueces Walter Carnota, Alejandro Salas y Carlos Vallefín.

Con el rechazo de las quejas, quedaron firmes las sentencias que habían desestimado los pedidos de reconocimiento como veteranos de la Guerra de Malvinas y el acceso a los beneficios correspondientes.

Consejo de la Magistratura: la lista de Alberto Biglieri ganó entre los abogados y obtuvo dos de las cuatro bancas

21 October 2026 at 06:44
Guillermo Lipera, Ricardo Gil Lavedra, Alejandra García, Alberto Biglieri, Claudia Sarmiento, Jimena de la Torre y Carlos Mas Vélez, referentes de Unidad en Defensa de la Abogacía, la agrupación que ganó las elecciones de representantes de los abogados ante el Consejo de la Magistratura

Con el 100% de las mesas escrutadas, Unidad en Defensa de la Abogacía, encabezada por Alberto Biglieri, ganó este martes las elecciones para renovar los cuatro representantes de los abogados ante el Consejo de la Magistratura de la Nación. La agrupación obtuvo un total de 11.237 votos, equivalentes al 34% de los sufragios afirmativos, y se quedó con dos de las cuatro bancas en juego para el período 2026-2030.

En segundo lugar quedó Abogacía Unida y Dignidad Profesional, liderada por Itatí Demarchi Arballo, con 10.593 votos (32%), seguida por Abogacía Federal, encabezada por Fernando Levene, que reunió 8.737 sufragios (26,4%). Ambas agrupaciones consiguieron una banca cada una. Por último, Abogacía por la Libertad, identificada con La Libertad Avanza y encabezada por Luis Palomino, alcanzó 2.506 votos (7,6%) y quedó sin representación.

Según los datos del escrutinio provisorio, se contabilizaron 33.326 sufragios en las 166 mesas habilitadas, equivalentes al 100% del total de mesas. De esa cantidad, 33.073 fueron votos afirmativos, mientras que se registraron 151 votos en blanco, 83 nulos, ocho recurridos y once impugnados.

Sobre un padrón de 180.356 profesionales, los sufragios contabilizados representan una participación del 18,5%. La diferencia entre las dos listas más votadas fue de 644 votos, mientras que Levene terminó a 1.856 sufragios del segundo puesto y a 2.500 de la agrupación ganadora.

Itatí Demarchi Arballo (en el centro, de traje gris), representante electa por Abogacía Unida y Dignidad Profesional, junto a Adriana Coliqueo (a su derecha), primera suplente de la lista, y otros dirigentes políticos y referentes de la agrupación

La distribución de las cuatro bancas se determina mediante el sistema proporcional D’Hondt, que consiste en dividir los votos de cada lista por números sucesivos y asignar los lugares a los cuatro cocientes más altos. En este caso, los tres primeros correspondieron a Unidad en Defensa de la Abogacía (11.237), Abogacía Unida y Dignidad Profesional (10.593) y Abogacía Federal (8.737). La cuarta banca también correspondió a Unidad en Defensa, cuyo segundo cociente (5.618,5) superó a los de Abogacía Unida (5.296,5) y Abogacía Federal (4.368,5), así como al primer cociente de Abogacía por la Libertad (2.506).

Así, los cuatro representantes serán Alberto Biglieri y Claudia Sarmiento, por Unidad en Defensa de la Abogacía; Itatí Demarchi Arballo, por Abogacía Unida y Dignidad Profesional; y Fernando Levene, por Abogacía Federal, una vez completada la proclamación de la autoridad electoral.

Las corrientes políticas detrás de los resultados

La elección reunió a agrupaciones con diferentes referencias políticas. La lista de Alberto Biglieri contó con el respaldo de sectores del radicalismo y del PRO; Abogacía Unida y Dignidad Profesional tuvo vínculos con el peronismo porteño y el kirchnerismo, mientras que Abogacía Federal surgió de un acuerdo impulsado por otro sector del peronismo, con participación de referentes radicales.

La lista ganadora contó con el respaldo de Ricardo Gil Lavedra y del equipo que conduce el Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, actualmente presidido por Alejandra García. También recibió el apoyo del Colegio de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, con la participación de Guillermo Lipera. A estos sectores se sumó el radicalismo porteño referenciado en Daniel Angelici, junto con el acompañamiento de los gobernadores Alfredo Cornejo, de Mendoza, y Maximiliano Pullaro, de Santa Fe.

Guillermo Lipera, Alejandra García, Claudia Sarmiento, Ricardo Gil Lavedra (en el centro), Alberto Biglieri y Jimena de la Torre (a la derecha de la imagen), consejera saliente del Consejo de la Magistratura, tras la victoria de Unidad en Defensa de la Abogacía en las elecciones de representantes de los abogados

El armado también incorporó a sectores del PRO, entre ellos el espacio de la consejera saliente Jimena de la Torre, quien promovió la candidatura de Claudia Sarmiento como segunda integrante de la nómina. Sarmiento pertenece a Abogados en Acción, agrupación impulsada por De la Torre y vinculada al PRO, que de esta manera mantendrá su representación en el Consejo.

Por su parte, Abogacía Unida y Dignidad Profesional reunió a distintos sectores del peronismo. Entre sus principales articuladores políticos se encuentra Juan Manuel Olmos, presidente de la Auditoría General de la Nación (AGN) y dirigente del peronismo porteño. En la conformación de la lista también participó Diego Segovia, quien impulsó la candidatura de “Tati” Demarchi Arballo. El espacio contó, además, con el respaldo de sectores vinculados al senador nacional Mariano Recalde, referente de La Cámpora, que aportaron su conexión con el kirchnerismo.

En tanto, Abogacía Federal tuvo como principal articulador a Diego Molea, rector de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, expresidente del Consejo de la Magistratura y dirigente del peronismo bonaerense. Su armado reunió a sectores de diferentes procedencias políticas, entre ellos referentes vinculados al senador radical Maximiliano Abad, al gobernador de Córdoba Martín Llaryora y al exconsejero Miguel Piedecasas.

Molea también ocupará una banca en el Consejo como representante del estamento académico y científico durante el período 2026-2030. Así, regresará al organismo que integró entre 2018 y 2022 y que llegó a presidir. En esta nueva etapa compartirá el cuerpo con Levene, candidato de la lista de abogados que impulsó.

Finalmente, Abogacía por la Libertad, identificada con La Libertad Avanza, estuvo encabezada por Luis Alberto Palomino, actual concejal de Vicente López y presidente del bloque de ese espacio político en el municipio. Anteriormente, se desempeñó como subsecretario de Empleo de la Nación durante la gestión del presidente Javier Milei. La agrupación terminó cuarta y no consiguió representación en el organismo.

Fernando Levene ingresará al Consejo de la Magistratura en representación de Abogacía Federal, la lista impulsada por Diego Molea, que obtuvo 8.621 votos (26,6%) y consiguió una de las cuatro bancas en disputa

Quiénes son los cuatro representantes de la abogacía

Alberto Biglieri es abogado administrativista, graduado de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora, donde desarrolla actividad docente en Derecho Administrativo. También fue integrante del Consejo de la Magistratura de la Ciudad de Buenos Aires y actualmente se desempeña como interventor judicial de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM).

La segunda representante de Unidad en Defensa de la Abogacía será Claudia Ester Sarmiento, abogada y escribana oriunda de San Juan, graduada de la Universidad Católica de Cuyo. Fue apoderada judicial de la Dirección Nacional de Migraciones en su provincia natal y secretaria de Relaciones Institucionales del gobierno provincial, encabezado por Marcelo Orrego.

La banca de Abogacía Unida y Dignidad Profesional será ocupada por Amalia Itatí Demarchi Arballo, abogada laboralista de Villa María, Córdoba, y presidenta del Colegio de Abogados de esa ciudad. Fue la única mujer que encabezó una de las cuatro listas y la única primera candidata proveniente del interior del país.

Finalmente, Fernando Pablo Levene es abogado de La Plata, expresidente del Colegio de Abogados de esa ciudad e integrante de la nómina de conjueces de la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires. Su actividad profesional e institucional se desarrolló principalmente en el ámbito de la abogacía bonaerense.

Los representantes electos de la abogacía ingresarán al Consejo de la Magistratura en noviembre, tras el vencimiento de los mandatos de los actuales consejeros, previsto para el 18 de noviembre. Ejercerán sus funciones durante el período 2026-2030

Cómo votaron los abogados en cada región

La elección se realizó en todo el país bajo el sistema de distrito único nacional, por el cual los votos de todas las jurisdicciones se suman para determinar la distribución de las cuatro bancas. Además de los resultados generales, el escrutinio provisorio permite conocer cómo se repartieron los sufragios entre las distintas agrupaciones en la provincia de Buenos Aires, Capital Federal y el interior del país.

En la provincia de Buenos Aires, encabezó la votación Abogacía Federal, con 4.454 votos (45,8%), seguida por Abogacía Unida y Dignidad Profesional, que obtuvo 2.658 (27,4%). Unidad en Defensa de la Abogacía quedó tercera, con 1.866 sufragios (19,2%), mientras que Abogacía por la Libertad reunió 738 (7,6%).

En territorio bonaerense se contabilizaron 9.716 votos afirmativos, sobre un padrón de 54.797 profesionales habilitados. La lista de Levene superó por 1.796 sufragios a la de Demarchi Arballo y obtuvo allí su mayor respaldo electoral en cantidad de votos.

El resultado contrastó con el registrado en Capital Federal, donde encabezó la votación Unidad en Defensa de la Abogacía, con 3.504 votos (48,5%), frente a los 2.554 (35,4%) de Abogacía Unida y Dignidad Profesional. La diferencia entre ambas agrupaciones fue de 950 sufragios.

En tercer lugar quedó Abogacía Federal, con 611 votos (8,5%), seguida por Abogacía por la Libertad, que obtuvo 552 (7,6%). En la Ciudad se registraron 7.221 votos afirmativos, sobre un padrón de 51.223 abogados habilitados.

En el interior del país también encabezó la votación Unidad en Defensa de la Abogacía, aunque con una diferencia más ajustada. La lista de Biglieri reunió 5.866 votos (36,4%), seguida por Abogacía Unida y Dignidad Profesional, con 5.378 (33,3%). La ventaja fue de 488 sufragios.

Abogacía Federal quedó tercera, con 3.672 votos (22,8%), mientras que Abogacía por la Libertad consiguió 1.216 (7,5%). El interior registró 16.132 votos afirmativos, sobre un padrón de 73.249 profesionales, y concentró la mayor cantidad de sufragios entre las tres regiones consideradas.

Por separado, la mesa correspondiente al exterior registró cuatro votos afirmativos, sobre un padrón de 1.087 electores.

De esta manera, el escrutinio territorial mostró a Levene al frente en la provincia de Buenos Aires y a Biglieri en Capital Federal y en el interior del país. Demarchi Arballo ocupó el segundo lugar en las tres regiones, mientras que Abogacía por la Libertad terminó cuarta en cada una de ellas.

El Consejo de la Magistratura atraviesa un proceso de renovación de la mayoría de sus integrantes, con elecciones para designar a los representantes de los distintos estamentos que conforman el organismo (NA)

El recambio de los consejeros y la nueva integración del organismo

Los cuatro representantes de la abogacía asumirán en reemplazo de Jimena de la Torre, María Fernanda Vázquez, César Grau y Alberto Maques, cuyos mandatos finalizarán el próximo 18 de noviembre. Los nuevos integrantes ejercerán sus funciones durante cuatro años, hasta 2030.

La elección forma parte del proceso de renovación de los distintos estamentos del Consejo de la Magistratura, que el pasado 8 de octubre celebró los comicios correspondientes a los jueces. En aquella votación, la Lista Bordó obtuvo el primer lugar, aunque las cuatro agrupaciones participantes consiguieron una banca cada una. Los representantes elegidos fueron Marcelo Gallo Tagle, por la Lista Bordó; Juan Manuel Culotta, por Compromiso Judicial; Gabriela Vázquez, por la Lista Celeste N° 2; y Paula Castro, por la Lista Celeste N° 1.

En el ámbito académico y científico, una de las dos bancas será ocupada por Molea, mientras que la definición de la representación restante continúa pendiente debido a una controversia judicial vinculada al procedimiento de elección.

El Consejo de la Magistratura, presidido por el titular de la Corte Suprema, Horacio Rosatti, está integrado por 20 miembros. Entre sus atribuciones se encuentran la organización de concursos para cubrir vacantes en la Justicia nacional y federal, la elaboración de ternas de candidatos a jueces, la administración de recursos del Poder Judicial y la intervención en procedimientos disciplinarios y de remoción de magistrados.

La Justicia le ordenó a un municipio de Entre Ríos devolver $1,35 millones al Estado Nacional por irregularidades

20 October 2026 at 22:02
La Justicia ordenó a un municipio de Entre Ríos devolver $1,35 millones al Estado nacional por irregularidades en la rendición de fondos destinados a comprar una ambulancia (Imagen Ilustrativa Infobae)

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal ordenó al municipio de Primero de Mayo, en Entre Ríos, devolver 1.350.000 pesos al Estado nacional, más intereses, pese a que había acreditado la compra de una ambulancia con los fondos recibidos del Ministerio del Interior. El conflicto se originó por irregularidades en la rendición de cuentas que llevaron a las autoridades nacionales a rescindir el convenio y reclamar el reintegro del dinero. Aunque un juez de primera instancia había rechazado la demanda al considerar que la adquisición estaba debidamente documentada, el tribunal de alzada revocó esa decisión porque la municipalidad no cuestionó oportunamente la resolución administrativa que ordenaba la restitución.

La decisión fue adoptada este martes por la Sala IV, integrada por los jueces Jorge Morán, Rogelio Vincenti y Marcelo Duffy, quienes hicieron lugar a la apelación presentada por el Estado nacional.

El origen del conflicto se remonta a 2018, cuando el Ministerio del Interior y el municipio de Primero de Mayo, una pequeña localidad del departamento Uruguay, ubicada a unos 40 kilómetros de Concepción del Uruguay, en el este de la provincia de Entre Ríos, suscribieron un convenio específico de cooperación mediante el cual se otorgaron fondos nacionales para financiar la compra de una ambulancia.

Para concretar la operación, la administración municipal realizó la Licitación Pública N° 005/18. Según las constancias incorporadas al expediente, la gestión quedó documentada mediante una orden de compra, una factura emitida por Automotores Mega S.A. y el título de propiedad del vehículo a nombre de la municipalidad.

Además, los informes de auditoría del Tribunal de Cuentas de Entre Ríos dieron por concluidos los controles sin formular reparos sobre la adquisición.

La Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal, integrada por los jueces Jorge Eduardo Morán, Rogelio W. Vincenti y Marcelo Daniel Duffy, revocó el fallo de primera instancia y ordenó al municipio de Primero de Mayo devolver los fondos al Estado nacional (Foto: Hugo Villalobos / NA)

Sin embargo, al revisar la rendición de los fondos transferidos, las autoridades nacionales detectaron deficiencias en la documentación presentada. Un informe técnico del 1 de septiembre de 2022 identificó omisiones de datos relacionados con el expediente y las facturas, así como correcciones, enmiendas y tachaduras en distintos formularios administrativos.

Las observaciones no cuestionaban la existencia del bien ni la efectiva realización de la inversión. El conflicto surgió por el cumplimiento de los requisitos documentales exigidos para justificar la utilización del dinero público.

El 28 de febrero de 2023, la Secretaría de Municipios del Ministerio del Interior dictó la Resolución 58/23, mediante la cual rescindió el convenio por incumplimientos atribuidos a la administración local y la intimó a restituir los 1.350.000 pesos recibidos en un plazo de 30 días.

La medida fue notificada mediante carta documento el 8 de marzo de ese año. No obstante, el municipio no interpuso recursos administrativos contra la decisión ni promovió una acción judicial para cuestionar su validez.

Ante la falta de restitución, el Estado nacional inició una demanda para recuperar los fondos, que dio lugar al expediente tramitado ante la Justicia Contencioso Administrativa Federal.

Una primera sentencia favorable al municipio

El 30 de junio pasado, el juez Esteban Carlos Furnari, titular del Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N° 2, rechazó la demanda presentada por el Ministerio del Interior contra el municipio de Primero de Mayo y le impuso las costas al Estado nacional.

La controversia había llegado a los tribunales en septiembre de 2023, cuando los abogados del organismo, Alejandro Amaro y Verónica Sindoni, con el patrocinio de Patricia Sarandría, iniciaron una acción para recuperar los 1.350.000 pesos transferidos mediante el convenio de cooperación suscripto el 2 de agosto de 2018.

El juez federal Esteban Carlos Furnari, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 2, había rechazado la demanda del Estado nacional, pero su decisión fue revocada por la Cámara

En su presentación, la representación estatal explicó que el dinero había sido depositado el 12 de octubre de ese año y que la municipalidad estaba obligada a rendir cuentas dentro de los plazos establecidos. Aunque la documentación fue presentada el 13 de marzo de 2019, una revisión posterior detectó deficiencias que, según el Ministerio, impedían considerar cumplidas las obligaciones asumidas.

La demanda precisó que el 4 de octubre de 2022 se envió una carta documento para exigir la regularización de los comprobantes, bajo apercibimiento de rescindir el acuerdo. Ante la falta de subsanación de las observaciones, las autoridades nacionales dejaron sin efecto el convenio, intimaron a devolver los recursos y posteriormente dispusieron iniciar acciones judiciales para obtener su restitución.

Al contestar el reclamo, el municipio negó la existencia de una deuda. Sus representantes afirmaron que los fondos habían sido destinados a la compra de una ambulancia para el centro de salud local, mediante la Licitación Pública N° 005/18, y destacaron que el procedimiento había sido auditado por el Tribunal de Cuentas de Entre Ríos, sin observaciones.

Asimismo, sostuvieron que la rendición había sido presentada oportunamente y que determinados intercambios de correos electrónicos indicaban que la documentación se encontraba completa y en condiciones de ser aprobada. También cuestionaron los intereses pretendidos por el Estado, por considerarlos excesivos.

En su sentencia, el juez Furnari consideró que la adquisición del vehículo estaba suficientemente acreditada. Entre las pruebas valoradas figuraban la orden de compra, la factura emitida por Automotores Mega S.A., el título automotor a nombre de la municipalidad y la documentación correspondiente a la licitación.

En 2023, el Ministerio del Interior reclamó judicialmente la devolución de $1,35 millones otorgados al municipio de Primero de Mayo, Entre Ríos, por irregularidades en la rendición de fondos destinados a comprar una ambulancia (Gentileza: Wikipedia)

El magistrado también ponderó que la empresa proveedora había confirmado la autenticidad de la factura y que los auditores provinciales habían concluido sus controles sin formular reparos. A su entender, las objeciones del Ministerio estaban vinculadas exclusivamente con cuestiones documentales y no ponían en discusión el destino de los recursos.

En ese contexto, sostuvo que “no se encuentra controvertida en autos la efectiva adquisición de la cosa objeto del convenio, esto es, la compra de una ambulancia”.

Por ese motivo, entendió que exigir la restitución implicaba aplicar un criterio de “rigorismo formal que no se compadece con las genuinas circunstancias del caso”, y desestimó la pretensión económica.

El Estado nacional apeló el pronunciamiento y presentó sus agravios el 24 de agosto de 2026, que fueron contestados por la contraparte el 13 de septiembre.

En su recurso, argumentó que la sentencia contenía una contradicción, dado que reconocía irregularidades en la rendición de cuentas, pero rechazaba el reclamo derivado de esos incumplimientos. Además, sostuvo que la validez de los gastos públicos exigía acreditar tanto la adquisición del bien como la regularidad administrativa del procedimiento.

La representación estatal también cuestionó que el juez de primera instancia hubiera prescindido de los efectos de una resolución que rescindió el convenio y ordenó la devolución del dinero, pese a que el municipio no la había impugnado dentro de los plazos legales.

Los fundamentos de la Cámara

Al examinar la apelación, el camarista Jorge Eduardo Morán sostuvo que el conflicto no debía resolverse únicamente a partir de las pruebas sobre la compra de la ambulancia, sino también considerando las consecuencias jurídicas de la rescisión del acuerdo.

El magistrado destacó que la disposición administrativa había sido notificada a la municipalidad sin que esta interpusiera recursos para cuestionarla. En consecuencia, el acto había quedado “firme y consentido”, amparado por la presunción de legitimidad y fuerza ejecutoria previstas en el artículo 12 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.

El camarista Jorge Eduardo Morán fue el autor del primer voto, al que adhirieron sus colegas (Quique Galletto)

Para fundamentar esa interpretación, citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia según la cual los tribunales no pueden revisar la legitimidad ni desconocer los efectos de decisiones administrativas que adquirieron firmeza por falta de impugnación oportuna.

Desde esa perspectiva, consideró que los documentos utilizados por el juez Furnari para demostrar la adquisición del vehículo no resultaban suficientes para rechazar la demanda.

Según explicó, “el objeto del presente proceso no se encuentra constituido por la aprobación o fiscalización de un trámite de rendición de cuentas, sino por la ejecución directa de la acreencia derivada de un acto administrativo de rescisión firme y consentido”.

El camarista también advirtió que liberar a la municipalidad de la obligación de restituir los fondos implicaría “subrogarse en competencias exclusivas del Poder Ejecutivo Nacional y desconocer la estabilidad de los actos administrativos firmes”, en contradicción con los principios de separación de poderes y seguridad jurídica.

Los camaristas Rogelio W. Vincenti y Marcelo Daniel Duffy adhirieron al voto de Morán, por lo que la resolución fue unánime.

Con todo, la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo Federal revocó la sentencia de primera instancia y condenó al municipio de Primero de Mayo a devolver los 1.350.000 pesos, con intereses calculados según la tasa pasiva promedio mensual publicada por el Banco Central.

Para establecer ese criterio, los magistrados también recurrieron a antecedentes de la Corte Suprema. Los intereses deberán computarse desde la notificación de la resolución de rescisión del convenio hasta el efectivo pago.

La sentencia dispuso además que la municipalidad afronte las costas judiciales correspondientes a ambas instancias.

Elecciones en el Consejo de la Magistratura: los abogados votan para renovar sus cuatro representantes

20 October 2026 at 07:26
Este martes, cerca de 184 mil abogados están habilitados para votar en todo el país y elegir a sus cuatro representantes en el Consejo de la Magistratura de la Nación para el período 2026-2030 (NA)

Cuatro agrupaciones competirán este martes por las bancas que corresponden a los abogados en el Consejo de la Magistratura de la Nación. La elección definirá a sus representantes para el período 2026-2030, dentro del organismo que interviene en la selección, el control disciplinario y los procedimientos de remoción de jueces nacionales y federales.

Cerca de 184.000 profesionales con matrícula federal activa están habilitados para participar entre las 9 y las 18, en 96 centros electorales distribuidos por el país. La votación se realizará bajo la modalidad de distrito único nacional, es decir, los votos de todas las jurisdicciones se computarán conjuntamente para determinar la asignación de las cuatro bancas.

En la Ciudad de Buenos Aires se votará en el Colegio Público de la Abogacía, ubicado en avenida Corrientes 1441. En el resto del país, cada elector deberá concurrir a la sede indicada en el padrón definitivo, aprobado por la Junta Electoral de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA).

Una vez cerrados los comicios, las autoridades de mesa realizarán el escrutinio provisorio y la Junta Electoral tendrá a su cargo el recuento definitivo y la proclamación de los consejeros electos.

El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal, ubicado en la avenida Corrientes 1441, será uno de los centros de votación. En el resto del país, los abogados sufragarán en las sedes asignadas según el padrón electoral definitivo

Unidad en Defensa de la Abogacía está encabezada por Alberto Biglieri, abogado administrativista, actual interventor judicial de la Unión Obrera Metalúrgica (UOM) y exintegrante del Consejo de la Magistratura porteño. La nómina de titulares se completa con Claudia Ester Sarmiento, Nazario Eduardo Bittar y María Jazminka Diana Mihaljevic, mientras que los suplentes son Carlos Esteban Mas Vélez, Ana Silvia Ruiz O’Neill, Guillermo Martín Lipera y Carolina Andrea Grillo.

Por su parte, Abogacía por la Libertad lleva como primer candidato a Luis Alberto Palomino, actual concejal de Vicente López y presidente del bloque de La Libertad Avanza en ese municipio, quien anteriormente se desempeñó como subsecretario de Empleo de la Nación. Lo acompañan como titulares Valeria Fredes, Martín Javier Buscemi y Alicia María Susana Colazo. Los suplentes son Marcelo Horacio Cangueiro, Alejandra Paulina Brasesco, Matías Sabaté y María Laura Álvarez.

Abogacía Unida y Dignidad Profesional presenta a Amalia Itatí Demarchi Arballo, abogada laboralista y actual presidenta del Colegio de Abogados de Villa María, Córdoba, con trayectoria en el ejercicio profesional y la actividad colegial. Los restantes candidatos titulares son Jorge Gabriel Rizzo, Julia Tamara Toyos y Andrés Abramovich, mientras que Adriana Coliqueo, Andrés Horacio Ayale, Mirta Elisa Merelles y Marcelo Nicolás Álvarez se postulan como suplentes.

Finalmente, Abogacía Federal está encabezada por Fernando Pablo Levene, expresidente del Colegio de Abogados de La Plata e integrante de la nómina de conjueces de la Suprema Corte bonaerense. Completan las candidaturas titulares Sandra Silvina París, Eduardo Daniel Awad y Myriam Beatriz Londero. Como suplentes figuran Juan Manuel Aráoz Ortega, Alejandra Marcela Lázzaro, Carlos Gustavo Ensinck y Laura Ángela Martínez.

La elección de los representantes de la abogacía forma parte del proceso de renovación del Consejo de la Magistratura, que este mes ya eligió a los cuatro consejeros del estamento judicial y aún debe completar la representación del sector académico y científico

Las cuatro listas tuvieron que cumplir con los requisitos de representación territorial y paridad de género establecidos para la elección. Entre los candidatos titulares debían incluir al menos dos mujeres, dos abogados de la matrícula federal del interior y uno de la Ciudad de Buenos Aires, además de respetar la alternancia de género.

Los consejeros electos reemplazarán a Jimena de la Torre, María Fernanda Vázquez, César Grau y Alberto Maques y pasarán a integrar el organismo de 20 miembros que, entre otras atribuciones, organiza concursos para cubrir vacantes judiciales, eleva ternas al Poder Ejecutivo, administra los recursos del Poder Judicial y ejerce facultades disciplinarias sobre los magistrados.

La renovación responde al principio de integración periódica del Consejo de la Magistratura, previsto en el artículo 114 de la Constitución Nacional. En ese marco, este mes ya fueron elegidos los cuatro representantes de los jueces y resta definir una de las bancas correspondientes al sector académico y científico.

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