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Una segunda jueza rechaza una querella similar a la que mantiene imputada a la autora de la instrucción sobre la ley de nietos

22 October 2026 at 11:49

Una segunda jueza rechaza una querella similar a la que mantiene imputada a la autora de la instrucción sobre la ley de nietos

La titular del Juzgado de Instrucción 3 de Madrid argumenta que en 2024 ya se descartó el carácter delictivo de los hechos denunciados ahora por Vox

Un juzgado abre una causa contra la autora de la instrucción sobre la ley de nietos tras una querella de HazteOír

La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Madrid, Isabel Durántez, ha rechazado una querella interpuesta por Vox contra Sofía Puente, firmante de la instrucción sobre la ley de nietos que cuestiona el Tribunal Supremo. Esta resolución contrasta con la acordada por otro juzgado de la capital, el 35, cuya titular, Inmaculada Lova Ruiz, admitió a trámite el pasado lunes otra querella similar formulada por la asociación ultracatólica HazteOír. 

En su auto, la magistrada Durántez concluye en primer lugar que en relación con el delito de prevaricación atribuido a Puente concurre la excepción de cosa juzgada. Explica que hace dos años, otro juzgado de Madrid examinó una querella similar a las de Vox y HazteOír presentada por la Asociación para la Reconciliación y la Verdad Histórica, un colectivo fundado en 2007 contra la primera ley de memoria. Y determinó que no había delito. Esa decisión fue confirmada por la Audiencia Provincial de Madrid en 2025. Ese precedente ya hace imposible volver a abrir una causa por los mismos hechos.

La querella de Vox también atribuía a Puente el delito de usurpación de atribuciones. La magistrada afirma que es “indiscutible” que el dictado de instrucciones está dentro de sus atribuciones y competencias, con lo que no se le puede atribuir tampoco ese segundo delito.

Asimismo, Vox solicitaba la imputación de esos dos delitos a María Ester Pérez Jerez, actual directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública. Sobre esta alto cargo, la jueza Durántez reitera que para que haya delito de prevaricación la ilegalidad debe ser “patente, flagrante y grosera”, algo que no se aprecia en este caso.

Aguirre dice que fue "una buena idea" construir un campo de Golf en Chamberí: "Mejor que un helipuerto para Bono"

22 October 2026 at 10:23

Aguirre dice que fue "una buena idea" construir un campo de Golf en Chamberí: "Mejor que un helipuerto para Bono"

La expresidenta de la Comunidad de Madrid declara en el juicio que se celebra en la Audiencia Nacional que ignoraba los vínculos familiares de Ignacio González con los contratos del Canal

La mujer de Ignacio González niega que Dragados pagara el jardín de su casa tras adjudicarse el campo de golf

La expresidenta de la Comunidad de Madrid Esperanza Aguirre ha comparecido este jueves como testigo en el juicio por el supuesto amaño del campo de golf que el Partido Popular construyó en el centro de la capital. Ante el tribunal, Aguirre ha defendido que fue una “buena idea” levantar esa infraestructura en el distrito de Chamberí, sobre los antiguos depósitos del Canal de Isabel II, la empresa pública de aguas. 

“Me parecía que era muy positivo en vez de tener un helipuerto para que el ministro [José] Bono pudiera ir a dormir a su casa”, ha mantenido Aguirre. En las sesiones previas del juicio, otros testigos, como el que fuera director de Ingeniería del Canal de Isabel II, afirmaron que ese helipuerto daba servicio “sobre todo” a los hospitales cercanos —Fundación Jiménez Díaz y Clínico— “para el tema de trasplantes”. 

Aguirre ha afirmado, por otra parte, que se trajo la idea de levantar un campo de golf en el centro de Madrid de un viaje que hizo a Japón cuando estaba en la oposición y Joaquín Leguina era presidente de la Comunidad. “Entonces era presidente del Canal Roque Gistau (...). Yo le llamé y le pregunté si eso no se podría hacer. Y él me dijo que era caro o era difícil y dijo que no. Pero cuando llegué a la presidencia, pues lo propuse”, ha aseverado.

Los hechos que se están enjuiciando se remontan a hace más de veinte años. En 2003, la empresa de aguas encargó a ACS —posteriormente, Dragados— la construcción de varios jardines, estanques, un campo de fútbol y un helipuerto en la cubierta de uno de los depósitos del Canal. Pero, un año después, Ignacio González e Ildefonso de Miguel modificaron el proyecto eliminando el helipuerto y la zona de ajardinamiento e incluyendo un nuevo campo de golf con césped artificial.

Esas variaciones, según la investigación del juez Manuel García Castellón, eran tan “sustanciales” que hubieran necesitado de una nueva licitación. Pero ambos “convinieron con Dragados” que el Canal le adjudicaría directamente el modificado pero con la condición de que subcontratara a la citada TCT, que obtuvo de la subcontrata con Dragados más de tres millones de euros, pero no podía hacerse cargo del proyecto porque “carecía de capacidad” para ello. 

Así que recurrió a otras dos sociedades —Onlygolf y Fieldturf—, a las que impuso una mordida del 8%. Fueron finalmente 266.972 euros para el hermano de González, su cuñado y su socio José Antonio Clemente. Recibieron ese dinero en sobres de efectivo a través de 49 entregas. Además, TCT también fue adjudicataria, junto a otras empresas, de la gestión, explotación y ajardinamiento del proyecto en otra licitación que el juez también consideró “innecesaria e irregular”. Ambas contratos supusieron para TCT un beneficio total de 504.780 euros, según recoge la resolución judicial.

A este respecto, Aguirre ha afirmado que ignoraba los vínculos familiares de Ignacio González con los contratos del Canal. “Hoy en día, 20 años después, por la prensa sí que sé qué es lo que es, pero entonces no”, ha aseverado. Aguirre ha dicho que ni Ignacio González ni el entonces director gerente del Canal Ildefonso de Miguel le comunicaron los pormenores de la ejecución de las obras. 

“De hecho, mi mayor sorpresa fue cuando el Ayuntamiento [de Madrid] denegó la licencia y entonces ahí es cuando yo sí estuve de acuerdo en declararlo de interés general”, ha mantenido Aguirre, quien también ha tenido unas palabras para el exalcalde de Madrid Alberto Ruiz Gallardón. “Es público que el señor Gallardón y yo somos amigos, pero en política tenemos discrepancias. Y es verdad que yo dije, pero bueno, ¿cómo es posible que no se considere de interés general que los vecinos de Chamberí tengan un parque?”, ha señalado. 

El campo de golf acabó siendo derribado porque el Tribunal Supremo falló, a instancias de varias asociaciones vecinales, que la “utilidad pública” con la que Esperanza Aguirre sacó adelante el proyecto cuando se opuso el Ayuntamiento de Ruiz Gallardón nunca fue tal. El desmontaje y demolición del campo de golf tuvo un coste de 300.000 euros.

Aguirre dimitió de su cargo en 2017 como concejala en el Ayuntamiento de Madrid tras la entrada en prisión de Ignacio González por este caso que le ha acabado llevando al banquillo.

El Supremo pone la lupa ahora sobre la documentación que ordenó enviar la Junta Electoral a los votantes del exterior

21 October 2026 at 20:53

El Supremo pone la lupa ahora sobre la documentación que ordenó enviar la Junta Electoral a los votantes del exterior

La Sala de lo Contencioso analiza este jueves el movimiento de la Junta Electoral de remitir las papeletas a todos los inscritos en el extranjero junto con una advertencia de que algunos sufragios afectados por las cautelares judiciales podrían no ser válidos

El Constitucional rechaza la petición del Defensor del Pueblo de reactivar el voto de 160.000 nacionalizados

El portazo del Tribunal Constitucional a intervenir en el debate sobre el voto de los nacionalizados con la ley de nietos ha devuelto el foco al Tribunal Supremo. Los mismos jueces que hace varias semanas dejaron en el aire el derecho de sufragio de 160.000 personas para las elecciones generales se reúnen de nuevo para estudiar los mecanismos con los que los consulados y la Junta Electoral Central trabajan para cumplir con sus medidas cautelares. Mientras tanto, los afectados tienen de plazo hasta este viernes para presentar sus propias alegaciones ante la duda de si podrán o no votar el próximo 29 de noviembre. 

El pleno del Constitucional llegó dividido a la votación de este miércoles. Una minoría de dos magistrados del sector progresista defendió que el tribunal tenía que, por lo menos, entrar a examinar las alegaciones del Defensor del Pueblo. Los argumentos de Ramón Sáez y el exministro Juan Carlos Campo quedarán reflejados en un voto particular, pero al final del pleno se impuso la mayoría: el recurso del organismo dirigido por Ángel Gabilondo es “prematuro” y ni siquiera debe ser admitido a trámite. 

La negativa del tribunal de garantías devuelve la pelota al tejado del Supremo. Este mismo jueves la sección de lo Contencioso-Administrativo que impuso las medidas cautelares tiene prevista una nueva reunión para analizar cómo los consulados y la Junta Electoral Central están dando curso a sus indicaciones. Y, en concreto, sobre cómo van a garantizar que el próximo 29 de noviembre solo voten quienes cuenten con un certificado de la autoridad consular que acredite que aportaron documentos del exilio de sus antepasados para acceder a la nacionalidad.

Distintas fuentes tanto del Tribunal Supremo como de la Junta Electoral explican desde hace días que las medidas cautelares impuestas y confirmadas por la Sala Tercera son de muy difícil cumplimiento, tanto por la falta de tiempo como por la dificultad de examinar todos esos expedientes, más de la mitad sin digitalizar, según los datos que maneja el Gobierno. Una de las últimas decisiones de la Junta Electoral Central fue dar la orden de remitir la documentación electoral a los 2,7 millones de electores inscritos en el CERA, el censo de los españoles que residen de forma permanente en el exterior, junto con la advertencia de que algunos de esos sufragios podrían no ser válidos. 

De acuerdo a los plazos marcados por la ley electoral, ese envío debe hacerse entre el 24 y el 30 de octubre. La razón técnica de este envío masivo es que las oficinas provinciales del censo no tienen capacidad informática en sus bases de datos para distinguir qué elector accedió a la nacionalidad por la vía tradicional y quién lo hizo mediante la presunción de exilio de la instrucción de 2022 que cuestiona el Supremo. Con esta decisión, los consulados tienen más tiempo para localizar y certificar los miles de expedientes que el Alto Tribunal ha puesto bajo sospecha. 

Fuentes diplomáticas consultadas por elDiario.es explican que las embajadas y consulados no funcionan como mesas electorales ni realizan el escrutinio. Únicamente reciben la documentación con los datos del elector, registran quién ha entregado el voto y remiten las sacas con los votos por valija diplomática a España. Por tanto, el veto a los electores afectados por las cautelares del Supremo debería llegar con cierto margen de tiempo para realizar la criba antes del envío a España. 

Según datos de Exteriores, hasta este martes un total de 48 de los 157 consulados españoles repartidos por el mundo habían conseguido ya volcar total o parcialmente los datos necesarios sobre los afectados que podrán votar o no el 29N. La Oficina del Censo Electoral (OCE) —el órgano encargado de la formación del censo— es quien debe recibir las certificaciones necesarias para poder discriminar a los electores y levantarles la suspensión cautelar. 

Las alegaciones de los afectados

Los jueces, que no han alcanzado la unanimidad en este asunto y cuentan desde el principio con el voto particular contrario de una de las magistradas de la Sala, tienen además encima de la mesa las alegaciones de las partes. Iustitia Europa, el partido que presentó la primera queja sobre este asunto, ha reclamado que el Supremo amenace con multas y responsabilidades penales a los responsables si no se cumple la orden en 24 horas o, incluso, que se suspenda todo el voto CERA.

Cerrada la puerta del Constitucional, por tanto, la gestión del caso vuelve a manos del Supremo mientras los consulados intentan cumplir con la medida cautelar y sin expectativas de que los jueces resuelvan el fondo del asunto antes de la cita electoral del 29N. Mientras, algunas fuentes apuntan a que también queda en manos de los propios afectados enfrentarse al laberinto burocrático y judicial: solicitar un certificado en el consulado y acreditar que cumplen con las condiciones o directamente presentar alegaciones ante el Alto Tribunal. 

“La decisión del Constitucional deja todo el peso sobre los afectados. Antes se discutía sobre memoria, ahora también sobre el voto. Y, una vez más, no son ni las instituciones ni los poderes los que defienden a los afectados, sino que son ellos mismos de manera privada los que tienen que buscar una solución”, lamenta el abogado Eduardo Ranz, quien ha presentado en el Tribunal Supremo alegaciones a las cautelares en representación de varios afectados y del Centro de Descendientes de Españoles Unidos (Ce.DEU), una asociación que engloba a españoles exiliados y a sus familiares.

“Ciudadanos de segunda categoría”

Entre tanto, desde el Gobierno se sacuden las críticas del PP y aseguran que, “desde el primer minuto”, el Servicio Exterior de España trabaja contrarreloj para dar cumplimiento a la orden del Supremo. “Todo el Servicio Exterior de España, los cónsules, los consulados, la Dirección General de Consulares, están cumpliendo escrupulosamente el auto del Supremo y lo están haciendo con toda diligencia”, dijo el ministro José Manuel Albares este miércoles en una entrevista en TVE en la que detalló que buena parte de los funcionarios de los departamentos consulares han suspendido sus vacaciones y sus libranzas para poder avanzar en la complejísima burocracia. 

“Me parece lamentable y yo creo que los españoles tienen que sancionarlo duramente en las urnas, que el Partido Popular tenga la desenvoltura y el cuajo de intentar amedrentar y acosar con declaraciones públicas y que el señor Feijóo haya mentido sobre lo que están haciendo funcionarios. ¿Tanta desesperación tienen para cubrir lo que van a hacer con las pensiones, con la educación pública, la sanidad pública y la partida de becas, que a funcionarios del Estado que llevan toda su vida al servicio de los españoles tienen que intentar acosarles?”, respondió Albares. 

Desde la Moncloa, mientras, se limitan a acatar la decisión del Tribunal Constitucional sobre el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, aunque matizan que se trata de una medida adoptada únicamente por “motivos procedimentales que no aborda el fondo de la cuestión”. Y por eso el Ejecutivo reivindica la literalidad de la aplicación de la ley de nietos, incluido el derecho al voto ahora suspendido.

“El Gobierno continúa defendiendo que todos los nacionales españoles tienen derecho a voto, el derecho más sagrado en democracia, tal y como establece la Constitución. En consecuencia, confiamos en que la decisión definitiva deje claro que no se puede suspender masivamente el derecho de voto con una medida cautelar, sin sentencia firme y sin audiencia a cada afectado y que no puede haber ciudadanos de segunda categoría con diferencia de derechos”, trasladó este martes la Moncloa en un comunicado a la prensa.

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