La justicia falla a favor de España en una reclamación por el hachazo renovable
España se ha cobrado la victoria en una de las batallas judiciales dentro de la guerra que libra contra los accreedores internacionales que le reclaman más de 1.000 millones de euros la eliminación en la década pasada de las primas a las renovables y la creación del llamado "impuesto al sol", que limitó la rentabilidad de proyectos para desarrollar la energía fotovoltaica. Un tribunal de Bruselas acaba de revocar la orden de embargar 840 millones en pagos de Eurocontrol a Enaire que se había autorizado en enero a petición de Blasket Investment, el fondo estadounidense que aúna buena parte de las reclamaciones económicas por los laudos que en los últimos años ha ido perdiendo España en las cortes internacionales de diferencias comerciales.
En una sentencia notificada el miércoles pasado, el tribunal "anula" el auto que dictó en julio de 2025 un tribunal de primera instancia de Bruselas que autorizó el embargo sobre los fondos que Eurocontrol debía transferir a Enaire por el control del espacio aéreo, que fiel a la estrategia de Blasket Investments se sustanció como una forma de cobro de laudos que condenan a España por la minoración de beneficios de los inversores en renovables a partir de ingresos debidos a organismos que forman parte del Estado o activos de su propiedad.
"Declara que el embargo de terceros a petición de Blasket Renewable Investments LLC contra el Reino de España y en poder de Eurocontrol, se impuso ilegalmente" y "ordena la liberación a favor del Reino de España de los fondos por un importe de 75.759.538,18 euros, depositados ante el alguacil Piet De Smet el 4 de mayo de 2026, junto con los intereses devengados por ellos durante ese tiempo". Esta última orden se refiere a la consignación de fondos que hizo el Gobierno en mayo pasado. Fuentes jurídicas de Blasket lo interpretaron como una manera de adelantar un pago que asumía así que debía hacer, mientras que el Ministerio para la Transición Ecológica lo explicó como un paso necesario para poder apelar la decisión de embargar, en un recurso que finalmente ha ganado.
Necesaria autorización de la Comisión Europea
Asimismo, la sentencia conocida ahora condena a Blasket al pago de las costas de un procedimiento que da por bueno el argumento que hasta ahora ha empleado España para no pagar los laudos condenatorios por la eliminación con carácter retroactivo de las primas a las renovables en 2013, que podrían constituir una ayuda de Estado ilegal y que es algo que antes debe determinar la Comisión Europea, en investigaciones que llevan años abiertas. En este caso, desde 2020, según indica recuerda el propio fallo.
"No se acepta el argumento de Blasket de que esto no constituye una ayuda estatal (...). Corresponde exclusivamente a la Comisión Europea evaluar si existe una ayuda estatal incompatible", dice la sentencia que añade que "a la vista de la notificación del laudo arbitral, y a la espera de una decisión definitiva de la Comisión Europea, no podrá llevarse a cabo en Bélgica ninguna ejecución para el cobro de la deuda contraída por España". "Por consiguiente, el 1 de julio de 2025, el juez de embargos no podía conceder autorización para el embargo de los activos de terceros en poder de Eurocontrol contra España en relación con la indemnización por daños y perjuicios concedida y las costas derivadas de una infracción del Derecho de la Unión", indica para revocar la decisión de embargar los pagos de Eurocontrol a Enaire.








