La Generalitat Valenciana ayudará con 8 millones a reparar fachadas y ascensores tras la dana de 2024
La Generalitat ha convocado ayudas por valor de ocho millones de euros destinadas a la limpieza y reparación de fachadas, así como una ampliación de las subvenciones destinadas a la reparación o sustitución de ascensores dañados por la dana de 2024.
Estas dos líneas de ayudas, vinculadas a la recuperación de las viviendas afectadas, tienen como objetivo recuperar la accesibilidad de los edificios y reparar los daños visibles que todavía permanecen visibles en numerosos inmuebles, a fin de contribuir al proceso de retorno a la normalidad de la ciudadanía.
El importe global máximo de ambas subvenciones asciende a cuatro millones de euros por cada línea de ayuda, repartidos en dos anualidades, un millón para el ejercicio 2026 y tres millones de euros para 2027, respectivamente.
En cuanto a la subvención para la reparación o sustitución de ascensores, se trata de una ampliación de las ayudas ya existente, que en una primera convocatoria se destinaron a edificios en los que vivían personas con movilidad reducida y ahora se amplían a todos los edificios que se hayan visto afectados por la dana.
Según la resolución publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), se establece que estas ayudas podrán alcanzar una cuantía de hasta el 100 % del coste total subvencionable de la actuación, con una importe mínimo de 300 euros y un máximo de 50.000 euros por ascensor.
En el caso de actuaciones de sustitución completa del ascensor, la cuantía de la subvención se ajustará al carácter estrictamente reparador de la intervención y a la equivalencia técnica del nuevo aparato respecto del ascensor siniestrado, ha detallado la Generalitat en un comunicado.
Por otra parte, según la Generalitat, la nueva línea de ayudas para la limpieza o reparación de fachadas se destina a los edificios de uso residencial, tanto de tipología colectiva como viviendas unifamiliares, que se encuentren legalmente construidos y hayan sufrido daños acreditables en fachadas o elementos exteriores como consecuencia directa de la dana.
Estas ayudas podrán alcanzar el 100 % del coste subvencionable, con una cuantía mínima de 300 euros y un máximo de 6.000 euros por actuación.
Serán beneficiarias de estas ayudas las personas propietarias de la totalidad de un edificio; comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios; y las personas propietarias de hasta cuatro viviendas o locales en un mismo edificio, que no hayan otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal.
También las sociedades cooperativas de viviendas, asociaciones sin ánimo de lucro, comunidades de bienes, sociedades mercantiles u otros legalmente admitidos, con o sin personalidad jurídica propia; administraciones públicas, organismos y demás entidades de derecho público, así como empresas públicas y sociedades mercantiles participadas mayoritariamente por las administraciones públicas.
Las subvenciones serán compatibles con otras ayudas que para el mismo objeto sean otorgadas por cualquier otra institución, pública o privada, siempre que el importe total no supere el coste total del precio de la actuación y siempre que la regulación de las otras ayudas, ya sean de ámbito nacional o europeo, lo admitan.


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