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La nueva cuenta de ahorro incluida en el decreto Maricarmen: "Los primeros 10.000€ quedan libres"

22 October 2026 at 04:00

Los ahorradores españoles acumulan cerca de 1,1 billones de euros en depósitos bancarios tradicionales y cuentas corrientes que apenas ofrecen remuneración, según los datos más recientes del Banco de España (BE). Esta situación provoca una pérdida enorme de poder adquisitivo como consecuencia de la inflación.

Para movilizar ese dinero, el Consejo de Ministros aprobó a principios de mes la creación de la Cuenta de Ahorro e Inversión Financia Europa (CAIFE), un nuevo vehículo pensado para fomentar la inversión a largo plazo en empresas y fondos europeos.

Esta herramienta de ahorro, que todavía no está disponible en los bancos -falta que se apruebe aún la orden ministerial que la desarrolla y que la CNMV abra el registro de fondos-, se incluyó en el Real Decreto-ley 29/2026, de 6 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible, conocido como decreto Maricarmen.

El ministro de Economía, Carlos Cuerpo, ha defendido firmemente la creación de la cuenta y ha destacado que uno de los objetivos prioritarios del Ejecutivo con esta medida es "ofrecer alternativas para que el ahorro de los españoles tenga salida a otros destinos que no sean exclusivamente la vivienda".

El principal atractivo de este producto financiero es fiscal, ya que permitirá comprar y vender determinados activos sin tener que pagar impuestos por las ganancias mientras el dinero permanezca dentro de la cuenta. Es decir: el pequeño inversor podrá reinvertir todo el dinero obtenido de sus operaciones sin tener que rendir cuentas ante Hacienda, algo que actualmente no ocurre con una cuenta de valores.

"Dentro de ella se puede vender una acción y comprar otra, pasar de un ETF a otro o reorganizar toda la cartera tantas veces como se quiera sin pagar nada. Hacienda deja de mirar cada operación y solo calcula la ganancia cuando el dinero sale de la cuenta hacia el banco. Se pasa de tributar por cada movimiento a tributar solo al retirar", explican desde TaxDown, compañía líder en España en fiscalidad digital.

Limite máximo de 150.000 euros en aportaciones

Esta cuenta -cada ciudadano solo puede tener una y sin cotitulares-tiene un límite máximo de 150.000 euros en aportaciones y para beneficiarse de las ventajas fiscales que ofrece el dinero debe mantenerse en ella un mínimo de cinco años. Pasado este tiempo, si decides sacar el dinero, los primeros 10.000 euros de ganancia no pagan impuestos ante la Agencia Tributaria. Luego, de la ganancia que pase de 10.000 euros, el 20% tampoco tributa, y por el 80% restante se paga lo normal en el IRPF, entre el 19% y el 30%.

"La rebaja fiscal es más generosa en proporción para el pequeño ahorrador, porque los primeros 10.000 euros de ganancia quedan libres", destacan desde TaxDown. "Quien empieza con poco y deja crecer su ahorro durante años es quien más partido le va a sacar", añaden.

Así, por ejemplo, una ahorradora que aporta 20.000 euros y seis años después retira 32.000 obtiene una ganancia de 12.000 euros: 10.000 no pagan y de los otros 2.000 queda libre el 20%. Paga 304 euros, frente a 2.400 con una inversión normal: se ahorra el 87% del impuesto.

Sin garantía de capital: "Si la bolsa cae, se pierde dinero"

No obstante, antes de invertir en este productos hay que tener en cuenta que con este instrumento solo se puede invertir en acciones cotizadas de empresas de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, salvo SOCIMI, y en fondos y fondos cotizados (ETF) inscritos en un registro especial de la CNMV, que tendrán que invertir al menos el 70% en Europa y la mitad en bolsa.

Además, advierten desde TaxDown, que "los dividendos no entran en la cuenta: se cobran en la cuenta bancaria y tributan cada año como hasta ahora. Tampoco hay garantía del capital, porque es un producto de inversión y no un depósito: si la bolsa cae, se pierde dinero". "Si se incumple alguna regla, por ejemplo comprando un activo no permitido o superando el límite de aportaciones, se considera que se ha retirado todo ese día y se pierde la ventaja de los cinco años",

Desde la plataforma señalan también lo que puede suceder en el caso de una herencia o un cambio de residencia: "Si el titular fallece, en su última declaración se pagan las ganancias generadas dentro de la cuenta que todavía no habían tributado. Si se va a vivir fuera de España, también, aunque quien se muda a otro país europeo puede retrasar el pago hasta que se vendan los activos".

Los españoles ahorran en 'gestiones hormiga' hasta 2.140 euros al año gracias a los canales digitales

21 October 2026 at 12:23

Los conocidos como 'gastos hormiga' son pequeños desembolsos cotidianos, automáticos o impulsivos - el café fuera de casa o la compra de snacks o una botella de agua- que parecen insignificantes al momento, pero que al acumularse dañan notablemente la economía doméstica. Al igual que ellos existen las 'gestiones hormiga', una serie de trámites que realizamos habitualmente y que nos hacen perder parte de nuestro tiempo y, como consecuencia de ello, también de nuestro dinero.

Ir al supermercado a hacer la compra, desplazarse para cualquier trámite con la administración o ir al centro de salud a solicitar una cita médica son gestiones de nuestro día a día que nos restan tiempo. Sin embargo, en la actualidad, estos quehaceres podemos resolver en mucho menos tiempo a través de canales digitales.

Según el I Barómetro de la Digitalización, elaborado por Línea Directa Aseguradora junto a la consultora Neovantas tras entrevistar a cerca de 1.600 personas, los españoles estiman que realizar sus gestiones cotidianas de forma online les permiten ahorrar cada año 177 horas, el equivalente a más de una semana completa, lo que se traduce en alrededor de 2.140 euros. Para estimar el valor económico del tiempo ahorrado se ha aplicado la referencia de 12,1 euros por hora del Handbook on the External Costs of Transport de la Comisión Europea.

El estudio de Línea Directa refleja la alta penetración que el canal digital tiene en la ciudadanía española. Así, el documento asegura que el 95% de los ciudadanos realiza ya algún tipo de gestión online cada semana y que el 70% perciben ventajas claras en el uso de este canal, principalmente el ahorro de tiempo.

Para la realización de estos trámites, el informe señala el smartphone es el dispositivo preferido para realizar gestiones digitales: lo usa el 91% frente al 70 que utiliza el ordenador. Entre los trámites más habituales se encuentran la búsqueda de información antes de comprar (87%), la realización de trámites específicos en la banca online (85%) y el seguimiento a un pedido (84%).

En cuanto a los atributos más valorados en las gestiones digitales, el estudio indica que los españoles señalan los relacionados con la seguridad: fiabilidad de las claves personales, recibir avisos ante un problema y la confidencialidad de la información. Por el contrario, el informe demuestra que las principales barreras para su uso están relacionadas con la respuesta ante una incidencia, ya que solo la mitad de los encuestados sabe cómo resolver un problema.

Ahorro de casi 40 minutos con los bancos y los seguros

El barómetro de Línea Directa también explora la relación con la digitalización de cuatro sectores concretos: el comercio, la banca, los seguros y la Administración Pública. Los españoles afirman realizar una media de 5,4 gestiones digitales a la semana en estos cuatro ámbitos, lo que sitúa el ahorro promedio por gestión se sitúa en 38 minutos.

El sector bancario (39,4 minutos) y el asegurador (38,7) son los sectores en los que los ciudadanos perciben más ahorro de tiempo al digitalizar las gestiones más habituales, mientras que en la administración y el comercio ese ahorro de tiempo es de 38 y 32,6 minutos respectivamente.

Al trasladar ese ahorro de tiempo al dinero que los ciudadanos estarían dispuestos a pagar por él, se perciben también diferencias de un sector a otro. La banca lidera el análisis con un ahorro medio de 88,5 euros al mes, seguido por los seguros (33), el retail (29,6) y la administración (27,2).

El perfil del homo digitalis es el de un ciudadano entre 35 y 54 años, que vive en una gran ciudad y busca el ahorro de tiempo, la comodidad y el control de sus operaciones

Por tipología de gestión, en la banca, un sector profundamente transaccional, predominan las consultas de movimientos y saldo (94%); en la administración destacan los trámites específicos, como la gestión de citas previas o la declaración de la Renta, mientras que en el sector retail el uso está íntimamente ligado a la compra (86%).

En lo que respecta al sector asegurador, tres de cada cuatro españoles (77%) ya realizan gestiones digitales con su aseguradora. Las más habituales son consultar la póliza (48%), dar un parte (38%) y hacer el seguimiento de un siniestro (36%). Por ramos, el seguro de salud alcanza un 17,7% de uso habitual, casi el doble que hogar (9,8%) y automóvil (9,3%).

Según este análisis, "el perfil del homo digitalis es el de un ciudadano entre 35 y 54 años (68% de preferencia digital), que vive en una gran ciudad (más de 250.000 habitantes) y busca el ahorro de tiempo, la comodidad y el control de sus operaciones". Esta realidad "contrasta con la de jóvenes de entre 18 y 24 años que perciben un ahorro menor que el resto, al ser nativos digitales y contar con menos experiencia comparativa con el canal presencial".

El controvertido impuesto 'otoñal' encargado de sostener arcas municipales

19 October 2026 at 06:47

La presión fiscal es un tema que siempre genera debate y polariza a la sociedad española. Por un lado, hay personas que defienden que pagar altos impuestos es esencial para el funcionamiento de servicios públicos clave del Estado del bienestar, como la sanidad, la educación o el pago de pensiones. Por otra parte, hay quienes reclaman rebajas impositivas que sirvan para impulsar la competitividad de las empresas, la creación de empleo y el ahorro familiar.

De lo que no cabe duda es que los impuestos son necesarios para financiar los servicios públicos. Otra debate es el de la magnitud o progresividad de los mismos. Sin embargo, hay un tributo que suele actualizarse (aprobación de subidas o bajadas en tipo impositivo, bonificaciones...) en el periodo otoñal y que siempre ha generado enormes controversias: el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI).

Germán Orón, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universitat Jaume I, explica en el blog de salud financiera de BBVA que se trata de "un impuesto municipal que existe en toda España y grava los bienes inmuebles en sus distintas categorías (rústicos, urbanos y de características especiales)". Aunque normalmente son los propietarios los que están obligados a abonar el impuesto, hay ocasiones en las que no es así. "Deben pagarlo los que tengan la relación jurídica que la ley contempla sobre el inmueble, pues si hay superficiarios, concesionarios o usufructuarios, son estos los obligados y no el propietario", explica Orón.

De lo que no cabe duda es que este tributo supone una parte muy importante de los ingresos de los ayuntamientos. Según el último informe sobre fiscalidad local del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), presentado en 2024 y que recoge datos de 2023, el contribuyente medio en España pagó 705 euros en impuestos locales y tasas. De esta cantidad, el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) representó el 66% de los ingresos por impuestos locales. Es decir: dos de cada tres euros que ingresan los ayuntamiento de tributos locales corresponden al IBI.

Sus detractores argumentan que es un impuesto regresivo y confiscatorio que no mide la capacidad económica real del ciudadano, obligándole así a pagar elevadas sumas anuales por el simple hecho de poseer una vivienda, independientemente de los ingresos de la persona. Otra crítica al IBI es que provoca una doble o triple imposición sobre la riqueza, ya que para adquirir un bien inmueble, el contribuyente ya paga impuestos por sus ingresos (IRPF) y por la compraventa (IVA o ITP), perpetuando de esta forma los pagos por un bien que ya tributó al ser adquirido.

También se cuestiona que al ser un tributo municipal, en función del partido político que en ese momento gobierne se generan grandes diferencias de precio entre municipios porque unos optan por bajar los tipos impositivos y otros por congelarlos o subirlos. Además, el IBI cuenta con un régimen de exenciones que genera tensiones políticas y vecinales. Por ejemplo, están exentos al 100% del pago del recibo los bienes de la Iglesia Católica y otras confesiones, edificios diplomáticos o los terrenos de Renfe.

En cambio, sus defensores destacan que es un ingreso importante y estable que permite a los ayuntamientos saber con precisión cuánto dinero van a recaudar cada año para garantizar que los servicios públicos esenciales se mantengan en buenas condiciones. Otro argumento a favor que es que parte de ese dinero se emplea en mantener las calles limpias, pavimentadas, iluminadas, con seguridad y con acceso a parques o transporte público, lo que eleva el precio de los inmuebles.

El IBI además es uno de los tributos más eficientes del sistema fiscal porque los bienes raíces, al contrario que el dinero en las cuentas bancarias, no se pueden mover ni esconder del control catastral. A su vez, este impuesto desincentiva la especulación inmobiliaria y las casas vacías, ya que tener un piso cerrado o un terreno sin usar conlleva un gasto anual.

¿Cómo se calcula el IBI?

Desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) señalan que "el recibo final a pagar depende principalmente de dos factores: el valor que se dé al inmueble, que se calcula a partir del valor catastral, y el tipo impositivo que se aplique en cada municipio".

"El valor catastral es la base de cálculo para la mayor parte de los impuestos ligados a inmuebles: el IBI, la plusvalía municipal, el IRPF, el ITP o el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones", explican de la OCU, que precisa que este valor "lo determina el Catastro conforme a unas reglas y criterios técnicos complejos y se actualiza cada año aplicando un coeficiente". "Como mínimo cada diez años se deben revisar los valores catastrales para acercarlos al 'valor de mercado'".

En cuanto a los tipos de gravamen, se aplican sobre el valor catastral son competencia del municipio, aunque deben estar siempre en el margen que establece la Ley Reguladora de las Haciendas Locales: entre el 0,4 y el 1,1% para bienes inmuebles urbanos, y el 0,3 y el 0,9% para los rústicos.

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