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El DAO justifica ante Pedraz las sanciones a la UCO pese a que el Supremo le frenó una investigación: "La vía judicial prevalece a la disciplinaria"

15 October 2026 at 21:47
Imagen del acto de la festividad de la Virgen del Pilar, patrona de la Guardia Civil

El director adjunto operativo (DAO) de la Guardia Civil, Manuel Llamas, defiende ante el juez Santiago Pedraz que los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO) siguen sometidos al régimen disciplinario del Instituto Armado aunque actúen como Policía Judicial. Su argumento tiene un antecedente incómodo dentro de la misma causa, ya que en mayo de 2025, el magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente rechazó tajantemente una información reservada impulsada por la cúpula de la Guardia Civil y su respuesta acabó llevando al archivo de las actuaciones sin que se practicara ninguna diligencia.

El contraste entre estos dos conceptos salta a la luz después de la documentación que ha aportado Llamas a Pedraz. En su escrito, el DAO invoca la relación entre la dependencia funcional de los agentes respecto de jueces y fiscales y la potestad disciplinaria de sus mandos para defender que la condición de Policía Judicial no los sitúa al margen de las normas internas de la Guardia Civil.

Sin embargo, el episodio de mayo de 2025 evidencia que esa potestad no puede ejercerse de espaldas a la autoridad judicial que dirige una investigación. Fuentes de la UCO consultadas por El Independiente resumen el principio que, a su juicio, debe regir en estos casos: "La vía judicial prevalece a la disciplinaria". Cuando una actuación interna puede interferir en una investigación judicial, explican, debe prevalecer esta última y paralizarse la actuación disciplinaria que pueda comprometerla.

La decisión de Leopoldo Puente

El antecedente que se encuentra en la misma causa y que documentó la UCO en uno de sus informes se produjo después de que se ordenara una información reservada relacionada con la publicación de mensajes de WhatsApp entre el entonces ministro José Luis Ábalos y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. La actuación pretendía indagar sobre el origen de las filtraciones periodísticas. La iniciativa se puso en marcha en mayo de 2025, en un momento en el que la UCO desarrollaba investigaciones judiciales sensibles para el entorno del Ejecutivo.

Según la documentación incorporada a la causa, el general que instruía aquella información reservada se reunió con responsables policiales y les trasladó su intención de informar a los magistrados que dirigían las investigaciones afectadas. El jefe de la UCO le desaconsejó hacerlo, al considerar que los agentes actuaban como Policía Judicial y que debían rendir cuentas ante el juez o fiscal responsable de cada procedimiento, no ante otros órganos ajenos a esa dirección funcional.

El instructor de la información reservada, sin embargo, ya había contactado con los magistrados. En el caso del Tribunal Supremo, la respuesta de Leopoldo Puente fue tajante. De acuerdo con la documentación presentada en la causa, la reacción del magistrado, transmitida al DAO, llevó a que se acordara el archivo de la información reservada sin practicar diligencia alguna.

La secuencia ilustra el límite de la potestad disciplinaria cuando la iniciativa interna afecta a una investigación judicial. No fue una investigación administrativa la que resolvió si había que practicar diligencias sobre los hechos investigados judicialmente, ya que la intervención del magistrado condicionó el desenlace de la información reservada.

Dependencia orgánica y funcional

En el escrito remitido a Pedraz, Manuel Llamas sostiene que la condición de Policía Judicial no exime a los agentes de la UCO del régimen disciplinario de la Guardia Civil. La cuestión jurídica exige distinguir dos planos. Los investigadores pertenecen orgánicamente al instituto armado, pero, cuando trabajan en una causa penal concreta, dependen funcionalmente del juez, tribunal o fiscal que dirige las pesquisas.

La Ley Orgánica 2/1986, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, recoge esa doble relación en su artículo 31. El Real Decreto 769/1987, que regula la Policía Judicial, desarrolla la dependencia funcional de la autoridad judicial y fiscal en las tareas de investigación criminal. Su artículo 11 establece, además, que las instrucciones técnicas de los superiores policiales no pueden contradecir las órdenes dictadas por el juez o fiscal para la investigación encomendada.

La normativa incluye una garantía específica para proteger esa función: los agentes de Policía Judicial no pueden ser apartados de una investigación concreta hasta que finalice, salvo decisión o autorización de la autoridad judicial o fiscal competente. La regla pretende evitar que una decisión de la jerarquía policial interfiera en el desarrollo de las diligencias que están bajo dirección judicial.

El régimen disciplinario, por tanto, no desaparece cuando un guardia civil ejerce funciones de Policía Judicial. Pero tampoco puede interpretarse como una habilitación para que los mandos policiales intervengan sin límites en el trabajo de una unidad que actúa por encargo judicial. El artículo 17 del Real Decreto 769/1987 contempla expresamente la relación entre la autoridad judicial y la potestad disciplinaria y permite que jueces, tribunales y fiscales insten actuaciones disciplinarias cuando consideren que la conducta de un funcionario puede merecer sanción y prevé su intervención cuando los hechos tengan relación directa con la investigación.

El argumento del DAO ante Pedraz

Llamas ha remitido su escrito a Pedraz en respuesta a un requerimiento judicial dentro de la causa que investiga una presunta trama de influencias y actuaciones dirigidas a obstaculizar investigaciones policiales y judiciales. El magistrado había pedido aclaraciones sobre diferentes actuaciones de la Guardia Civil y su eventual relación con investigaciones en curso.

El DAO defiende que la estructura jerárquica del cuerpo conserva sus competencias disciplinarias sobre los agentes de la UCO. Pero el precedente de Puente obliga a atender a la otra parte de esa relación que tiene que ver con la dirección de las investigaciones penales corresponde a los jueces y fiscales competentes y las actuaciones internas no pueden convertirse en una vía para interferir en ellas.

La información reservada de mayo de 2025 no equivale a los expedientes disciplinarios que ahora se analizan ante Pedraz, ni el archivo de aquella actuación supone por sí mismo la anulación de estos procedimientos. Se trata de actuaciones distintas. Su conexión está en el debate de fondo sobre hasta dónde puede llegar la potestad de los mandos de la Guardia Civil cuando los agentes afectados trabajan en investigaciones judiciales.

El juez del caso Koldo reclama a Pedraz las agendas de Cerdán al no poder determinar "ni el origen, ni la totalidad" de sus ingresos

15 October 2026 at 17:52
El exsecretario de organización del PSOE Santos Cerdán a su salida de la prisión de Soto del Real, a 19 de noviembre de 2025

La Fiscalía Anticorrupción ha querido acceder a las evidencias digitales y la documentación intervenidas en el domicilio de Santos Cerdán y entregadas por el PSOE para esclarecer de dónde procedía el dinero del ex secretario de Organización socialista. El Ministerio Público considera que todavía no ha podido determinar "ni el origen, ni la totalidad" de sus ingresos y apunta a una posible fuente de efectivo vinculada a Servinabar y a las adjudicaciones de obra pública a Acciona.

El juez Ismael Moreno, que instruye la pieza separada sobre contratos de obra pública del 'caso Koldo', ha acordado este jueves reclamar a la Plaza 5 de la Audiencia Nacional, donde instruye el magistrado Santiago Pedraz el denominado 'caso Leire', una copia de ese material. El objetivo es analizarlo con una finalidad concreta que sería precisar las fuentes de ingresos de Cerdán y su relación con los hechos investigados.

La petición responde a un informe de la Fiscalía Anticorrupción fechado el pasado 14 de octubre. En él, el fiscal sostiene que de las diligencias practicadas se desprenden indicios de una posible fuente de efectivo relacionada con Servinabar, la empresa vinculada a Antxon Alonso, y las adjudicaciones de obra pública a Acciona.

Para avanzar en esa línea, reclama documentación intervenida en el registro del domicilio de Cerdán en Milagro (Navarra), practicado el pasado 27 de mayo, así como la información que el PSOE entregó al juzgado en cumplimiento de un requerimiento.

Más de 31.000 euros abonados en efectivo

El informe fiscal repasa las liquidaciones de gastos que el PSOE atribuye a Cerdán entre 2014 y 2025. Según esa documentación, el exdirigente socialista percibió un total de 119.950,27 euros por este concepto, de los que 31.285,17 euros habrían sido abonados en metálico.

Entre 2017 y 2025, el partido registró 30.797,38 euros en pagos en efectivo a Cerdán, distribuidos en 84 asientos. La Fiscalía examina estas cantidades junto a otros movimientos para tratar de esclarecer el origen de los fondos y determinar si guardan relación con las adjudicaciones investigadas.

Uno de los episodios que destaca el escrito se remonta a agosto de 2017. El día 27, Koldo García y Patricia Uriz hablaron de desplazarse hasta Milagro para reunirse con Cerdán. Al día siguiente, Koldo comunicó a Uriz que "el dinero lo tiene Fernando en Bilbao", en una conversación que la Fiscalía vincula presumiblemente con Fernando Agustín Merino Vera, directivo de Acciona Construcción relacionado con la oficina de la empresa en Bilbao.

El 30 de agosto, Koldo avisó a Uriz de que le daría dinero para ingresar "lo de santi". Al día siguiente se efectuó un ingreso de 600 euros en efectivo en la cuenta de Cerdán. La Fiscalía incorpora esta secuencia a las diligencias sobre el origen de los fondos del ex secretario de Organización.

Los beneficios vinculados a Servinabar

El Ministerio Público también recoge las conclusiones de los informes patrimoniales de la UCO sobre Servinabar. Según uno de ellos, la sociedad recibió de Acciona 6,7 millones de euros, que representaban el 75,33% de sus ingresos totales en el análisis realizado. Un informe posterior concluyó que el 87,04% de los ingresos de la mercantil procedían de Acciona o de proyectos vinculados a la constructora.

A partir del análisis de las cuentas de la sociedad y de la documentación intervenida, los investigadores identificaron bienes y servicios de los que habrían disfrutado Cerdán y miembros de su familia entre 2015 y 2024. La Fiscalía cifra esos beneficios en, al menos, 323.178,41 euros. Entre los conceptos recogidos figuran pagos relacionados con vehículos y nóminas de familiares, sufragados directa o indirectamente a través de sociedades vinculadas a Servinabar.

El informe destaca, además, que entre finales de 2021 y principios de 2022 Servinabar negoció la compra de un inmueble en Madrid para Cerdán por un importe cercano al millón de euros. La operación no llegó a cerrarse después de que la parte vendedora se retirara. Para la Fiscalía, este episodio, junto con los bienes y servicios efectivamente disfrutados, constituye un elemento relevante para valorar la relación del exdirigente socialista con los fondos de la mercantil.

Ábalos en Transportes

La evolución anual de esos beneficios también llama la atención de los investigadores. Según el informe patrimonial de la UCO recogido por la Fiscalía, las cantidades vinculadas a Santos Cerdán y a miembros de su familia alcanzaron sus máximos entre 2019 y 2023. Se trata de un periodo que coincide, en parte, con la etapa en la que José Luis Ábalos estuvo al frente del Ministerio de Transportes, cuando Acciona resultó adjudicataria de las licitaciones de obra pública investigadas, y con los años posteriores a su salida del Gobierno.

En esa segunda etapa, Cerdán asumió la Secretaría de Organización del PSOE en sustitución de Ábalos, un puesto desde el que se convirtió en uno de los principales dirigentes de la estructura socialista. La Fiscalía destaca expresamente esa coincidencia temporal al analizar los beneficios que, según los investigadores, habrían recibido Cerdán y su entorno familiar a través de bienes y servicios sufragados directa o indirectamente por Servinabar.

El informe no da por cerrado, sin embargo, el recorrido del dinero ni permite determinar todavía el origen de la totalidad de los ingresos del exdirigente socialista. Precisamente por eso, Anticorrupción considera necesario ampliar la documentación disponible y examinar las evidencias digitales y documentales intervenidas en su domicilio, además de la información aportada por el PSOE.

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