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Desde el 25 de diciembre, los exdeportistas profesionales podrán sumar años de cotización para mejorar su pensión: quién puede pedirlo y cómo

Durante décadas, muchos deportistas de alto nivel compitieron en España sin que esos años de actividad profesional cotizaran para su jubilación, una desprotección social que en 2024 llegó al debate del Congreso y reabrió el camino hacia una solución. Ahora, el Real Decreto 739/2026 permitirá a antiguos profesionales de varias disciplinas solicitar que parte de esos periodos se incorpore a su historial de cotización, con efectos desde el 25 de diciembre de 2026.

La norma puede beneficiar a ciclistas, jugadores de baloncesto y balonmano y otros profesionales del deporte. Los futbolistas quedan excluidos, porque cuentan con una regulación específica. El reconocimiento no supone un pago directo al antiguo deportista: permite que determinados periodos de actividad se tengan en cuenta al calcular el derecho a una pensión contributiva o su cuantía.

¿Qué años se podrán reclamar?

La incorporación de las distintas disciplinas al Régimen General se produjo de forma escalonada. Por ello, algunos profesionales trabajaron con contrato sin que esos años generaran derechos de cotización para su jubilación. El decreto busca cubrir esas lagunas y fija el 15 de marzo de 1980 como fecha de referencia inicial, además de establecer un límite diferente para cada colectivo.

Los ciclistas podrán reclamar los periodos anteriores al 1 de febrero de 1992; los jugadores de baloncesto, los anteriores al 1 de agosto de 1993; y los de balonmano, los anteriores al 1 de enero de 1998. Para el resto de deportistas profesionales, el límite será el 1 de junio de 2003.

La medida no se aplica a cualquier persona que haya practicado deporte. Para acogerse, será necesario haber residido en España, haber desarrollado habitualmente la actividad deportiva en territorio español y haber tenido un contrato profesional sujeto a la relación laboral especial de los deportistas profesionales. Tampoco se contabilizarán los meses que coincidan con otros periodos ya cotizados, por ejemplo, por un empleo simultáneo.

Puede completar el mínimo o aumentar la prestación

El efecto dependerá de la situación de cada solicitante. Para quien no alcance el periodo mínimo exigido para acceder a una pensión contributiva, los años reconocidos podrían ser determinantes para cumplir ese requisito. En otros casos, sumar tiempo de actividad al historial puede mejorar el cálculo de la prestación.

También podrán solicitar una revisión quienes ya estén jubilados. Si el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconoce los nuevos periodos, recalculará la pensión con efectos desde el primer día del mes siguiente a la presentación de la solicitud. El pago de la nueva cuantía y de las diferencias acumuladas quedará pendiente de que el Consejo Superior de Deportes (CSD) ingrese el coste correspondiente.

La actividad tendrá que acreditarse

El reconocimiento no será automático. Cada interesado deberá presentar una solicitud ante el INSS, presencialmente o por vía electrónica, y demostrar el periodo profesional que reclama. Podrá hacerlo al solicitar la jubilación o, si ya cobra una pensión, pedir en cualquier momento que se revise.

La prueba principal será un certificado del club o entidad deportiva que indique las fechas de actividad. Si el club ha desaparecido o no conserva sus archivos, la federación correspondiente podrá certificar el periodo.

Los deportistas no tendrán que abonar cotizaciones atrasadas. El coste será asumido por el CSD —organismo adscrito al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes—, que realizará un pago único. Para valorar los meses reconocidos se aplicarán las bases mínimas de cotización de cada época para los trabajadores mayores de 18 años en el Régimen General.

Aunque el decreto ya está publicado, habrá que esperar hasta el 25 de diciembre de 2026 para iniciar los trámites. Desde esa fecha, los antiguos profesionales afectados podrán pedir que se compute un tiempo que hasta ahora no figuraba como cotizado y que, según cada caso, puede influir en el acceso a la jubilación o en el importe mensual de la pensión.

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La Seguridad Social lo aclara: estos son los casos en los que puedes perder la pensión de viudedad
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La gasolina cae más de un 8% en tres semanas, pero el diésel solo baja un 2% y llenar el depósito aún cuesta 26 euros más que hace un año

Respiro en el surtidor para los conductores. Los precios de los carburantes han vuelto a bajar esta semana y suman ya tres descensos consecutivos. La caída acumulada de la gasolina alcanza el 8,24% desde que el Gobierno amplió a 20 céntimos por litro la bonificación fiscal, mientras que el gasóleo se ha abaratado un 2,3% en el mismo periodo, según los datos del Boletín Petrolero de la Unión Europea correspondientes a la semana del 13 al 19 de octubre.

El litro de gasolina cuesta de media 1,780 euros, un 0,5% menos que la semana anterior. El precio se aleja así de los máximos anuales alcanzados a principios de octubre, después de 13 semanas de subidas desde junio, y marca su nivel más bajo desde finales de agosto.

El gasóleo también registra una nueva bajada, aunque mucho más leve: apenas un 0,007% en la última semana, hasta los 1,889 euros por litro. Este combustible ya contaba desde principios de septiembre con una bonificación de 20 céntimos.

Las ayudas bajarán en noviembre y diciembre

Las bonificaciones forman parte del paquete de medidas aprobado por el Gobierno para paliar el impacto económico del conflicto en Oriente Próximo. La ayuda prevista es de 20 céntimos por litro en octubre, 13 céntimos en noviembre y 6 céntimos en diciembre.

El plan incluye una cláusula de salvaguarda: si los precios suben más de un 15%, la bonificación volvería a ser de 20 céntimos en noviembre o diciembre.

Con las últimas bajadas, gasolina y gasóleo se alejan de los dos euros por litro, una cota a la que se habían aproximado durante septiembre. En julio de 2022, ambos carburantes alcanzaron sus máximos históricos: 2,141 euros por litro la gasolina y 2,1 euros el diésel.

Llenar el depósito sigue siendo más caro que hace un año

La caída reciente no ha compensado el encarecimiento interanual. Llenar un depósito medio de 55 litros de diésel cuesta ahora unos 103,89 euros, aproximadamente 26,54 euros más que hace un año, cuando el desembolso era de 77,55 euros.

En el caso de la gasolina, llenar el mismo depósito supone unos 97,90 euros: 16,34 euros más que hace un año, cuando costaba alrededor de 81,56 euros.

La evolución de los carburantes depende de varios factores, entre ellos la cotización específica de cada combustible, el precio del crudo, los impuestos, los costes de materia prima y logística y los márgenes comerciales. Además, los cambios en la cotización del petróleo suelen trasladarse a los surtidores con cierto retraso.

España, por debajo de la media europea

Pese al encarecimiento respecto al año pasado, los precios en España siguen por debajo de la media europea. La gasolina sin plomo de 95 cuesta 1,780 euros por litro, frente a los 1,991 euros de media en la Unión Europea y los 2,059 euros de la eurozona.

El gasóleo también es más barato en España: 1,889 euros por litro, frente a los 2,138 euros de media en la UE y los 2,189 euros de la zona euro.

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Gasolinera
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Una encargada de Primark escondía ropa rebajada para comprarla: la Justicia confirma su despido

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado el despido disciplinario de una subencargada de Primark en Melilla, a quien la empresa acusó de esconder prendas recién rebajadas para comprarlas después y de permitir que otros empleados hicieran lo mismo. La resolución considera procedente el cese, que la trabajadora recurrió tras ser despedida en febrero de 2024.

La empleada trabajaba desde mayo de 2016 en la tienda del Centro Comercial Parque Melilla. Según los datos recogidos en el caso, percibía cerca de 38.000 euros brutos anuales, con las pagas prorrateadas. Su puesto incluía responsabilidades de supervisión, un elemento que pesó en la valoración de su conducta.

La norma interna, clave en el caso

Primark entrega a sus trabajadores un manual de bienvenida que prohíbe expresamente reservar artículos, tanto para uso propio como para otras personas. El tribunal consideró relevante esa regla porque la trabajadora conocía las normas aplicables en la tienda.

La investigación interna se apoyó en varios episodios. A comienzos de febrero de 2024, una responsable de equipo la vio buscando entre la ropa de cama de exposición mientras comentaba "siempre me quitan las cosas que guardo". Días después, durante un descanso, la empleada compró diez artículos por 35,80 euros mediante el sistema de compra para trabajadores. El tribunal lo interpreta como un indicio de que tenía productos escondidos en la tienda.

Según las declaraciones incorporadas al proceso, después de las rebajas adicionales —conocidas en la empresa como Furthers— algunos productos se escondían en zonas poco visibles para comprarlos más tarde. Entre quienes supuestamente participaban estaban la subencargada, otras dependientas y personal de limpieza externo.

"El día 7 de febrero de 2024, el personal de limpieza estaba guardando en los probadores artículos rebajados destinados a la venta de los clientes de la tienda, afirmando el personal de limpieza que esa conducta había sido autorizada por la parte actora", asegura la sentencia.

Además, una trabajadora reconoció haber guardado artículos, mientras que una jefa de equipo afirmó haber escuchado a la subencargada explicar cómo hacerlo.

Los tribunales avalan el despido disciplinario

Primark comunicó el despido el 28 de febrero de 2024. En la carta atribuyó a la empleada incumplimientos de sus funciones, desobediencia y una quiebra de la confianza y de la buena fe contractual.

La trabajadora acudió a los tribunales. El Juzgado de lo Social número 1 de Melilla desestimó su demanda el 29 de octubre de 2025 y declaró procedente el despido. Para dar por probados los hechos, tuvo en cuenta los testimonios de dos jefas de equipo, los registros de fichajes y compras y la normativa interna de la compañía.

La empleada recurrió la decisión, pero el TSJA confirmó el fallo el 28 de septiembre. De este modo, la Justicia mantiene la validez del despido disciplinario aplicado por Primark.

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Fachada tienda Primark
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Atresmedia eleva un 4% sus ingresos impulsada por el liderazgo en audiencias y su estrategia de diversificación: 724 millones hasta septiembre

Atresmedia registró unos ingresos netos totales de 724,3 millones de euros en los nueve primeros meses del año, lo que supone un 4% más que de enero a septiembre de 2025. Del total, 657,5 millones correspondieron al negocio audiovisual, un 2,2% más frente a los 640 millones del año anterior, y 60,4 millones a la radio, en línea con los resultados de 2025. El grupo audiovisual también se anotó un mayor resultado bruto de explotación (ebitda) de 91,3 millones de euros, una mejora de 1,1 millones de euros respecto al mismo periodo de 2025, lo que representa un crecimiento del 1,2%.

El resultado bruto de explotación ajustado fue de 88,2 millones de euros frente a los 90,2 millones del ejercicio precedente. Por su parte, el resultado de explotación (ebit) del grupo se situó en 74,3 millones de euros, frente a los 77,1 millones registrados hasta septiembre de 2025; y el resultado de explotación ajustado alcanzó los 73,8 millones de euros frente a los 77,1 millones registrados de enero a septiembre de 2025.

El beneficio del ejercicio fue de 53,8 millones de euros, 9,7 millones menos "como consecuencia, principalmente, del registro en 2025 de intereses de demora del crédito frente a la AEAT por la sentencia de la Audiencia Nacional favorable a la sociedad en la demanda sobre la compensación de bases imponibles negativas", según ha explicado la compañía.

Además, Atresmedia ha destacado que la sociedad ha conseguido una plusvalía neta por la venta de Fever Labs de 205 millones de euros que en los estados financieros consolidados, bajo normativa NIIF, ha sido registrada dentro del patrimonio neto.

La posición financiera neta del grupo fue positiva y se situó en 233,2 millones de euros, 175,1 millones más que al cierre de 2025, impulsada por la venta de la participación en Fever Labs y después de haber financiado la compra de Amvia y el reparto de dividendos de junio, como ha señalado Atresmedia.

Amvia aportó al grupo unos ingresos netos de 12,8 millones

La inversión publicitaria total, que incluye todos los soportes publicitarios, creció en torno al 4% en los nueve primeros meses de 2026 respecto al mismo periodo de 2025. En cuanto a los ingresos del negocio audiovisual, desglosados, los procedentes de publicidad alcanzaron los 519,4 millones de euros, un 1,8% menos, mientras que los ingresos por producción y distribución de contenidos crecieron un 7,2% hasta los 79,5 millones de euros.

Mientras, los ingresos por producción y distribución de contenidos en el negocio audiovisual se elevaron un 7,2% hasta 79,2 millones, y los otros ingresos, procedentes principalmente de eventos, licencias, derechos editoriales y ventas de la plataforma de viajes Waynabox, alcanzaron los 59 millones de euros, lo que representa un incremento del 45,7% respecto a los 40,5 millones obtenidos en 2025. "Este crecimiento se debe principalmente a la incorporación de la sociedad Last Lap dentro del área de eventos del grupo desde julio de 2025", ha puntualizado la compañía.

En el ámbito de la publicidad exterior, Atresmedia ha informado de que después de completar su adquisición el pasado mes de agosto, Amvia (antes Clear Channel España) aportó al grupo unos ingresos netos de 12,8 millones de euros correspondientes a agosto y septiembre.

Audiovisual: Atresmedia, el grupo líder

Atresmedia culminó el primer semestre siendo el grupo más visto de TV con un 24,9%, una ventaja de 2,4 puntos sobre Mediaset (22,5%). El grupo de televisión lidera 19 trimestres consecutivos sobre Mediaset y TVE, a pesar del impacto en las audiencias del Mundial del Fútbol, emitido en abierto por la televisión pública. También lidera en prime time con un 24,3% de cuota, a 2,4 puntos por delante de Mediaset (21,4%).

Antena 3 (12,5%) se alzó también como la TV comercial más vista: se situó 4 puntos por delante de Telecinco (8,5%), una ventaja que se amplía hasta los 4,3 puntos en prime time.

Antena 3 continúa con los contenidos más vistos en la TV. Sus informativos son líderes durante 81 meses consecutivos. En detalle, Antena 3 Noticias 1 fue el informativo más visto con un 23,1% de cuota y 2,13 millones de espectadores. Antena 3 Noticias 2, el informativo líder del prime time, anotó un 17,6% y 1,86 millones de espectadores. Las ediciones del fin de semana lideraron con un 16,5% y 1,56 millones de espectadores.

Antena 3 copó el ranking un año más con los programas más vistos de la TV. El hormiguero vuelve a arrasar y se corona como el programa más visto de la televisión con 1,68 millones de espectadores. En la tarde Pasapalabra con un 18,5% y 1,62 millones de espectadores; y a mediodía La ruleta de la suerte (21%) con 1,53 millones de espectadores se sitúan como los programas más vistos del último año. Sueños de libertad lleva más de dos años como la serie líder en la tarde y la ficción más vista de la TV.

LaSexta (5,7%) se mantuvo como cadena privada de referencia en actualidad en los nueve primeros meses del año y El intermedio (6,7% y 829.000) fue el programa diario más visto de la cadena.

Asimismo, las cadenas temáticas cerraron un gran semestre, con un 6,8% de cuota. En el negocio Digital, Atresmedia se mantuvo como grupo audiovisual líder en internet por décimo año consecutivo. Logró una media en el año de 20,9 millones de visitantes únicos y alcanzó el noveno puesto en el ranking de los sitios más visitados de España.

Atresplayer premium se mantuvo como la plataforma líder de un grupo audiovisual español manteniendo su apuesta por el contenido original y exclusivo. Estrenó en este periodo series como la segunda temporada de "Entre tierras", "La nena", final de la aclamada trilogía de Carmen Mola o el thriller de Carles Porta "33 días".

Las películas de Atresmedia Cine en explotación durante el periodo representaron el 56% de la recaudación de la taquilla del Cine Español. "Torrente, presidente" es la película española más taquillera del año y la cuarta película española más taquillera de la historia. La película "La bola negra" se ha convertido en el segundo mejor estreno del cine español en la última década, solo superada por "Torrente, presidente". En el ámbito internacional, los canales de Atresmedia suman 59,5 millones de abonados, creciendo un 3% respecto al mismo periodo del año anterior.

Radio

Atresmedia Radio tuvo una audiencia media de 3,2 millones de oyentes. Onda Cero consolidó su posición con 2,3 millones de oyentes y se mantuvo como tercera opción en el ámbito de las radios generalistas. Con respecto a las radios temáticas, Europa FM registró 0,8 millones de oyentes, y Melodía FM 63.000.

Pago de un dividendo a cuenta por valor de 0,83 euros por acción

En materia de retribución al accionista, el grupo ha asegurado que el Consejo de Administración ha propuesto para la aprobación final por parte de la junta general extraordinaria del próximo 18 de noviembre el pago en diciembre de un dividendo a cuenta por valor de 0,83 euros por acción.

El citado dividendo incluye parte de los resultados de 2026 (0,16 euros/acción) y del reparto de los beneficios obtenidos por la venta de Fever (0,67 euros), como ha indicado.

Perspectivas futuras

Las perspectivas económicas para España se mantienen estables y relativamente positivas, pese a las actuales incertidumbres políticas y económicas. En septiembre, el panel de Funcas elevó su previsión de crecimiento para 2026 al 2,6%, frente al 2,3% que estimaba en julio.

En este contexto, Atresmedia espera que la inversión publicitaria mantenga hasta final de año el ligero crecimiento registrado hasta septiembre.

La compañía prevé que el resultado bruto de explotación de 2026 se sitúe en línea con el del año anterior, sobre una base comparable, gracias al crecimiento del mercado y a la contención de costes.

Por último, Atresmedia estima que "la deuda neta, incluyendo el cobro pendiente de la AEAT, se acercará a cero". "Estos números permiten a la compañía mantenerse en niveles compatibles con una estructura financiera sólida y flexible", ha concluido.

© Europa Press

Letras y logo de Atresmedia en lo alto de la sede del grupo de comunicación Atresmedia en San Sebastián de los Reyes, en Madrid
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Pensión de viudedad: los requisitos para conservarla tras un nuevo matrimonio

La pensión de viudedad tiene como objetivo compensar la pérdida de ingresos que puede producir el fallecimiento de la persona causante. Como regla general, pueden percibirla quienes hayan mantenido un vínculo matrimonial o hayan sido pareja de hecho de la persona fallecida, siempre que cumplan las condiciones establecidas y no contraigan un nuevo matrimonio ni constituyan otra pareja de hecho.

Sin embargo, la Seguridad Social contempla excepciones. El cobro puede mantenerse tras un nuevo matrimonio o pareja de hecho si la persona beneficiaria tiene más de 61 años. También puede conservarse si, siendo menor de esa edad, tiene reconocida una incapacidad permanente absoluta o una gran incapacidad, o acredita una discapacidad superior al 65%.

Además, la pensión debe constituir la principal o única fuente de ingresos. La Seguridad Social considera que se cumple este requisito cuando la prestación representa, como mínimo, el 75% del total de los ingresos anuales de la persona pensionista.

Cotización necesaria para generar el derecho

El periodo de cotización exigido depende de la situación laboral de la persona fallecida y de la causa de la muerte. Si estaba de alta, se deben acreditar 500 días cotizados dentro de los cinco años inmediatamente anteriores al fallecimiento. También puede cumplirse el requisito con 15 años cotizados a lo largo de la vida laboral.

Si la persona fallecida no estaba de alta, se exigen 15 años de cotización. No obstante, la Seguridad Social no requiere un periodo previo si la muerte se produjo por accidente, laboral o no, o por enfermedad profesional.

La normativa también fija condiciones específicas según el vínculo con la persona fallecida y el supuesto que origine la prestación. Entre las circunstancias que pueden afectar al derecho figuran contraer nuevo matrimonio o constituir una pareja de hecho, salvo que se cumplan las excepciones previstas.

En todos los casos, conviene comprobar las condiciones aplicables a la situación personal y familiar concreta con la Seguridad Social, ya que la edad, el grado de discapacidad, los ingresos y la forma en que se generó el derecho pueden cambiar el resultado.

© AP

Pensión de viudedad en España: cuánto se cobra y qué requisitos se deben cumplir
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