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La Justicia confirma la retirada del subsidio para mayores de 52 años a una autónoma que simuló trabajar para su hermana para acceder a la ayuda

22 October 2026 at 14:01

Una peluquera que había cotizado casi 18 años como autónoma pasó a ser contratada varias veces por su hermana en el mismo centro de trabajo, una secuencia que la Inspección de Trabajo examinó después de que obtuviera el paro y el subsidio para mayores de 52 años.

La existencia de contratos, nóminas y una sustitución acreditada no resolvió el litigio, porque el expediente también recogía bajas médicas, periodos de contratación y las circunstancias en las que la mujer había dejado su actividad por cuenta propia. El SEPE consideró que las dos hermanas habían actuado de acuerdo para generar el derecho a las ayudas, extinguió la prestación con efectos desde el 29 de enero de 2023 y reclamó la devolución de lo cobrado indebidamente, decisión que la beneficiaria impugnó ante los tribunales.

De autónoma a empleada

La Sentencia número 1583/2025, dictada el 30 de septiembre de 2025 por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias, recoge que la mujer había estado de alta como autónoma durante 17 años y nueve meses antes de darse de baja voluntariamente y ser contratada cinco meses después por su hermana para realizar tareas de peluquería y estética.

Otra contratación comenzó el 2 de enero de 2021 y, seis días más tarde, la trabajadora inició una baja médica que se prolongó durante toda la vigencia del contrato, hasta septiembre de aquel año, sin que la empleadora contratara a nadie para sustituirla.

Después de que se le denegara una solicitud de subsidio en diciembre de 2022, la hermana volvió a contratarla del 24 al 28 de enero de 2023 para cubrir el permiso de otra empleada por la operación de un familiar, una causa que constaba en el registro de jornada y que el tribunal examinó junto con las altas anteriores.

El SEPE reconoció a la mujer la prestación contributiva en febrero de 2023, que percibió hasta el 28 de mayo, y aprobó en julio el subsidio para mayores de 52 años con efectos desde el 29 de junio. El organismo suspendió cautelarmente el cobro en enero de 2024 y la Inspección levantó actas de infracción contra las dos hermanas al mes siguiente, antes de que el SEPE dictara en mayo la resolución que extinguió la ayuda y reclamó el reintegro.

Por qué fracasa el recurso

El Juzgado de lo Social número 3 de Gijón desestimó la demanda de la beneficiaria, que recurrió alegando que había trabajado y cobrado su salario, que las contrataciones respondían a necesidades del negocio y que esos extremos debían añadirse al relato de hechos probados.

El TSJ rechaza la revisión porque una declaración testifical no puede sostener por sí sola ese cambio en un recurso de suplicación y porque el acta inspectora invocada por la trabajadora ya había sido valorada por el juzgado, sin que apreciara un error patente en aquella valoración.Para la Sala, la causa acreditada de la sustitución de enero de 2023 no obliga a aceptar que el conjunto de las contrataciones tuviera como finalidad prestar servicios, pues el juzgado había examinado también el parentesco, las bajas médicas y que la mujer «no podía acudir a trabajar todos los días».

La resolución recuerda que «el fraude de Ley no se presume» y exige indicios acreditados, pero considera que el juzgado podía inferir de la secuencia de hechos una actuación concertada para conseguir las cotizaciones necesarias con las que acceder al paro y al posterior subsidio. El tribunal desestima el recurso y confirma la sentencia que mantuvo la extinción acordada por el SEPE y el reintegro de las cantidades indebidamente percibidas, sin precisar una cuantía en el fallo.

© Iván Cabrera

El SEPE reconoce cotizaciones fuera de España: estos son los países que suman años para el subsidio de mayores de 52

© Pexels

Imagen de archivo de una peluquera

Desde el 25 de diciembre, los exdeportistas profesionales podrán sumar años de cotización para mejorar su pensión: quién puede pedirlo y cómo

22 October 2026 at 14:00

Durante décadas, muchos deportistas de alto nivel compitieron en España sin que esos años de actividad profesional cotizaran para su jubilación, una desprotección social que en 2024 llegó al debate del Congreso y reabrió el camino hacia una solución. Ahora, el Real Decreto 739/2026 permitirá a antiguos profesionales de varias disciplinas solicitar que parte de esos periodos se incorpore a su historial de cotización, con efectos desde el 25 de diciembre de 2026.

La norma puede beneficiar a ciclistas, jugadores de baloncesto y balonmano y otros profesionales del deporte. Los futbolistas quedan excluidos, porque cuentan con una regulación específica. El reconocimiento no supone un pago directo al antiguo deportista: permite que determinados periodos de actividad se tengan en cuenta al calcular el derecho a una pensión contributiva o su cuantía.

¿Qué años se podrán reclamar?

La incorporación de las distintas disciplinas al Régimen General se produjo de forma escalonada. Por ello, algunos profesionales trabajaron con contrato sin que esos años generaran derechos de cotización para su jubilación. El decreto busca cubrir esas lagunas y fija el 15 de marzo de 1980 como fecha de referencia inicial, además de establecer un límite diferente para cada colectivo.

Los ciclistas podrán reclamar los periodos anteriores al 1 de febrero de 1992; los jugadores de baloncesto, los anteriores al 1 de agosto de 1993; y los de balonmano, los anteriores al 1 de enero de 1998. Para el resto de deportistas profesionales, el límite será el 1 de junio de 2003.

La medida no se aplica a cualquier persona que haya practicado deporte. Para acogerse, será necesario haber residido en España, haber desarrollado habitualmente la actividad deportiva en territorio español y haber tenido un contrato profesional sujeto a la relación laboral especial de los deportistas profesionales. Tampoco se contabilizarán los meses que coincidan con otros periodos ya cotizados, por ejemplo, por un empleo simultáneo.

Puede completar el mínimo o aumentar la prestación

El efecto dependerá de la situación de cada solicitante. Para quien no alcance el periodo mínimo exigido para acceder a una pensión contributiva, los años reconocidos podrían ser determinantes para cumplir ese requisito. En otros casos, sumar tiempo de actividad al historial puede mejorar el cálculo de la prestación.

También podrán solicitar una revisión quienes ya estén jubilados. Si el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) reconoce los nuevos periodos, recalculará la pensión con efectos desde el primer día del mes siguiente a la presentación de la solicitud. El pago de la nueva cuantía y de las diferencias acumuladas quedará pendiente de que el Consejo Superior de Deportes (CSD) ingrese el coste correspondiente.

La actividad tendrá que acreditarse

El reconocimiento no será automático. Cada interesado deberá presentar una solicitud ante el INSS, presencialmente o por vía electrónica, y demostrar el periodo profesional que reclama. Podrá hacerlo al solicitar la jubilación o, si ya cobra una pensión, pedir en cualquier momento que se revise.

La prueba principal será un certificado del club o entidad deportiva que indique las fechas de actividad. Si el club ha desaparecido o no conserva sus archivos, la federación correspondiente podrá certificar el periodo.

Los deportistas no tendrán que abonar cotizaciones atrasadas. El coste será asumido por el CSD —organismo adscrito al Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes—, que realizará un pago único. Para valorar los meses reconocidos se aplicarán las bases mínimas de cotización de cada época para los trabajadores mayores de 18 años en el Régimen General.

Aunque el decreto ya está publicado, habrá que esperar hasta el 25 de diciembre de 2026 para iniciar los trámites. Desde esa fecha, los antiguos profesionales afectados podrán pedir que se compute un tiempo que hasta ahora no figuraba como cotizado y que, según cada caso, puede influir en el acceso a la jubilación o en el importe mensual de la pensión.

© istock

La Seguridad Social lo aclara: estos son los casos en los que puedes perder la pensión de viudedad

Los altos funcionarios exigen a los partidos antes de las elecciones respeto al servicio público: "Las instituciones deber ser conformes al ordenamiento jurídico y sometidas a mecanismos de control establecidos"

22 October 2026 at 13:46

Con las elecciones a la vuelta de la esquina, los altos funcionarios vuelven a poner sobre la mesa las reivindicaciones y mejoras que llevan reclamando a los diferentes gobiernos desde hace décadas, y que siguen provocando la persistencia de los problemas organizativos, la duplicidad de funciones, la distribución ineficiente de responsabilidades, una anticuada distribución de recursos, abusos e irregularidades de la Administración, así como la insistencia en acabar los atropellos del poder ejecutivo y legislativo, que en esta legislatura han sido muchos y constantes. "Nuestra intención no es otra que la función pública, que es esencial para el buen funcionamiento del país, sea eficiente y eficaz, y que se respete en todo momento la Constitución y nuestro Estado de Derecho".

Así lo ha vuelto a reclamar la presidenta de Fedeca, la federación que une a las asociaciones de altos funcionarios, Ana Ercoreca, en el I Congreso de esta federación, en la que ha aprovechado para reclamar a los principales partidos políticos "que no se olviden de los empleados públicos, que estamos aquí para trabajar en favor de los ciudadanos, no para ir contra nadie. Creemos en la necesidad esencial del servicio público, y vamos a exigir al nuevo Gobierno que salga de las urnas que se siente a negociar la mejora de la función pública".

Fedeca ha marcado una línea roja al nuevo Ejecutivo, que el poder político no sobrepase sus límites y utilice los servicios públicos en su provecho. Por ello, han querido poner en valor a los empleados públicos que se ha atrevido a plantar cara a la corrupción. "El Gobierno debe entender que los funcionarios deben denunciar cuando detecten caso de corrupción, vengan de donde vengas y, por eso se debe proteger a estos funcionarios de la posible indefensión que muchas veces sufren quienes cumplen con su deber". Por eso ha vuelto a exigir a las instituciones y a los responsables políticos que asuman la lucha contra la corrupción "como una responsabilidad compartida, que debe centrarse tanto en corregir el hecho denunciado como en proteger al funcionariado comprometido con la defensa de lo público, la legalidad y el interés general, colmo una obligación colectiva de todas las instituciones".

Por otra parte, Ercoreca ha recordado que los sindicatos profesionales y de altos empleados públicos han enviado cartas a las principales formaciones políticas para reclamar que la recuperación de las pagas extraordinarias forme parte del debate electoral. La carta ha sido firmada por la Confederación Española de Sindicatos Médicos (CESM), el Sindicato Médico Andaluz (SMA), el Sindicato Médico de Euskadi (SME), la Federación de Cuerpos Superiores de la Administración (Fedeca), el sindicato de funcionarios de prisiones Tu Abandono Me Puede Matar (Tampm), la Unión Sindical de Inspectores de Educación (USIE), el Sindicato Independiente ANPE y el Sindicato Unificado de Policía.

En el escrito, estas organizaciones han recordado que la eliminación de esta paga extra se aplicó en 2010 con el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero como una medida extraordinaria ante la crisis económica, pero que 16 años después se ha convertido en un "recorte permanente que afecta a cerca de tres millones de empleados públicos a pesar de haber superado dicha crisis".

Los sindicatos recuerdan que recuperar esta paga no representa una mejora salarial ni un privilegio, sino recuperar una parte de sus retribuciones que se mantiene recortada, "acumulando una importante pérdida de poder adquisitivo a lo largo de estos 16 años". Por ello, han reclamado a los partidos que se definan sobre la inclusión o no de esta recuperación íntegra de la paga extraordinaria en los programas electorales y, en su caso, contar un compromiso de fechas o modificaciones normativas para que se haga efectiva y "que se ponga fin a este agravio", por lo que han reclamado expresamente a los partidos políticos que se definan para que "tanto profesionales como votantes en general tengan clara la postura de cada formación sobre esta reivindicación a la hora de decidir su voto".

Fedeca ha reunido durante dos jornadas a representantes institucionales, profesionales de los cuerpos superiores de la Administración y expertos para compartir experiencias y debatir sobre el presente y el futuro de nuestras instituciones. Un encuentro que coincide con su 45º aniversario y que invita a reflexionar sobre el rumbo de la Administración y el papel de quienes asumen la responsabilidad de dirigirla.

© EUROPAPRESS

Economía.- Fedeca estudia acciones legales por la excepción en el Tesoro tras el nombramiento de Sánchez-Blanco

¿Cobras el subsidio para mayores de 52 años? Así puedes asegurar tu pensión si no cumples el requisito de carencia específica

22 October 2026 at 13:10

El subsidio para mayores de 52 años constituye una de las principales herramientas de protección para las personas desempleadas que se encuentran en la última etapa de su vida laboral. En 2026, esta ayuda está dirigida a quienes han alcanzado esa edad, carecen de ingresos propios por encima del límite legal y cumplen los requisitos de cotización exigidos para acceder a una pensión contributiva de jubilación, salvo la edad.

Para solicitarla, es necesario haber cotizado al menos 15 años para la jubilación, de los cuales dos deben encontrarse dentro de los quince años anteriores, y acreditar seis años de cotización por desempleo a lo largo de la vida laboral. La cuantía equivale al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples y se mantiene hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, siempre que se cumplan las condiciones exigidas.

Una de las particularidades de esta prestación es que no solo proporciona ingresos mensuales a quienes tienen dificultades para reincorporarse al mercado laboral, sino que también cotiza para la jubilación. Sin embargo, esta protección puede esconder una contradicción cuando llega el momento de solicitar la pensión. Algunos beneficiarios alternan largos periodos cobrando el subsidio con trabajos de corta duración, pero esos empleos pueden no ser suficientes para reunir los dos años cotizados que exige la Seguridad Social.

Una abogada explica un caso real de una beneficiaria del subsidio

Precisamente, la abogada Míriam Ruiz Acosta, de Compromiso Legal, conocida en redes sociales por sus vídeos divulgativos sobre derechos laborales, ha alertado sobre esta situación y ha planteado una alternativa para quienes temen no cumplir el requisito de carencia específica. En uno de sus últimos vídeos explica el caso de una persona que llevaba cobrando el subsidio desde 2012 y a la que la Seguridad Social denegó la pensión tras comprobar que sus trabajos no sumaban los dos años de cotización exigidos.

La experta cuestiona el criterio aplicado y señala que la resolución ya ha sido recurrida, por lo que el desenlace todavía está pendiente. La clave del caso está en la denominada doctrina del paréntesis, una interpretación jurídica que permite excluir determinados periodos sin cotización al comprobar si se cumple la carencia específica para la jubilación.

Según Ruiz Acosta, si la persona afectada se hubiera limitado a cobrar el subsidio sin intercalar trabajos, podría haberse beneficiado de esta doctrina y haber obtenido el reconocimiento de la pensión. La situación ha generado preocupación entre otros beneficiarios que temen que la Seguridad Social les deniegue la jubilación después de años percibiendo la ayuda. La abogada insiste en que no comparte el criterio aplicado y que habrá que esperar a la resolución del recurso.

La alternativa: suscribir un convenio con la Seguridad Social

Como alternativa preventiva, la especialista recomienda estudiar la posibilidad de suscribir un convenio especial con la Seguridad Social para seguir cotizando y completar el periodo que falta. Esta fórmula permite asumir el pago de las propias cotizaciones durante el tiempo necesario para alcanzar los requisitos exigidos, aunque supone un coste económico que debe valorarse. No obstante, Ruiz Acosta introduce una condición importante para que esta opción pueda resultar útil. La base de cotización elegida para el convenio debería superar los 1.726 euros mensuales, una cifra que señala como referencia para compararla con la base por la que cotiza el subsidio.

Antes de suscribir el convenio, conviene comprobar qué base de cotización permite elegir la situación personal de cada beneficiario y calcular cuánto tendría que pagar para completar el periodo pendiente. La abogada advierte de que no es posible escoger libremente cualquier base, ya que las opciones dependen de las circunstancias y de los requisitos aplicables. Por ello, recomienda revisar la vida laboral, calcular los años cotizados dentro del periodo de referencia y solicitar asesoramiento antes de asumir nuevas cuotas.

© AP

¿Cómo se calcula la pensión de jubilación a partir de 2024?

España y Marruecos revisarán la conexión eléctrica submarina entre España y Marruecos año y medio después del gran apagón

22 October 2026 at 13:02

La compañía española ACSM (Advanced Cargo Services & Marina) se encargará de examinar el cableado eléctrico que atraviesa el estrecho de Gibraltar con el objetivo de evaluar el estado de una infraestructura estratégica para el intercambio de electricidad entre África y Europa.

El apagón de 2025

Precisamente durante el apagón eléctrico de abril de 2025, quedó patente la relevancia de esta interconexión, por la que Marruecos movilizó parte de su capacidad de producción y llegó a exportar 519 megavatios que contribuyeron a recuperar el sistema eléctrico de España.

El enlace submarino comprende 30 kilómetros de longitud a 640 metros de profundidad que conectan la estación marroquí de Fardioua (cerca de Tánger) con la subestación española de Tarifa.

El trazado está integrado por dos circuitos con cables de 400 kilovoltios que permiten que la electricidad circule de forma bidireccional en función de las necesidades de las redes marroquí y española. Además de reforzar la seguridad del suministro, facilita la estabilidad de los sistemas eléctricos y ofrece mayor flexibilidad para integrar la producción procedente de fuentes renovables.

Las características de la intervención

El proyecto se ha impulsado conjuntamente desde la Red Eléctrica de España y la Oficina Nacional de Electricidad y Agua Potable de Marruecos, que asumirán su financiación a partes iguales. La revisión permitirá conocer el estado actual de los cables y detectar así posibles necesidades de mantenimiento de una infraestructura que opera desde 1997, en el caso del primer circuito, y desde 2006, en el caso del segundo, tras la ampliación de la red.

Así, la interconexión submarina actual se compone de dos circuitos con siete cables en total: tres pertenecen al primero, otros tres al segundo, y el séptimo funciona como reserva para ambos sistemas, pues se trata de un cableado sometido a condiciones submarinas especialmente exigentes. Por esta razón, las revisiones ocurren periódicamente, aunque esta inspección se convirtió en una prioridad tras el gran apagón.

El 28 de abril de 2025 se produjo una interrupción generalizada del suministro eléctrico que afectó principalmente a España peninsular, Portugal continental y Andorra, y dejó sin electricidad a más de 50 millones de personas. La recuperación del suministro comenzó durante la tarde del mismo día y, en la madrugada del 29 de abril, el sistema eléctrico ya había sido restablecido gracias a la ayuda de Marruecos y Francia, que aportaron 900 megavatios y 2 gigavatios respectivamente.

Según el informe final de la Red Europea de Gestores de Redes de Transporte de Electricidad, el apagón se produjo por un aumento rápido e incontrolado de la tensión del sistema eléctrico, que provocó la pérdida de control del sistema y la posterior desconexión en cascada de la generación, conduciendo a una situación de inestabilidad generalizada. Supuso el incidente más grave y sin precedentes en el sistema eléctrico europeo en más de 20 años.

© Diario Área Campo de Gibraltar

La compañía española ACSM inspeccionará la conexión eléctrica submarina entre España y Marruecos

© Red Eléctrica y ONEE

Tendido del cable submarino de 30 kilómetros

Huelga de transportistas en Italia impacta suministro de alimentos

22 October 2026 at 14:00

Roma, 22 oct (Prensa Latina) La continuación de las protestas y los paros de los transportistas de mercancías en el sur de Italia provoca hoy dificultades en el abastecimiento de alimentos, interrupciones en las cadenas de distribución y pérdidas económicas en el país.

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O cozido à portuguesa sobe à mesa de luxo em Lisboa: 45 euros por pessoa num dos restaurantes mais exclusivos da cidade

22 October 2026 at 13:44
O Cozido à Portuguesa está de regresso ao JNcQUOI Avenida, em Lisboa, com uma proposta assinada pelo chef António Bóia. O prato tradicional volta a integrar a carta do restaurante todos os domingos, até ao último domingo de março, com um preço de 45 euros por pessoa.

O cozido à portuguesa sobe à mesa de luxo em Lisboa: 45 euros por pessoa num dos restaurantes mais exclusivos da cidade

22 October 2026 at 13:44
O Cozido à Portuguesa está de regresso ao JNcQUOI Avenida, em Lisboa, com uma proposta assinada pelo chef António Bóia. O prato tradicional volta a integrar a carta do restaurante todos os domingos, até ao último domingo de março, com um preço de 45 euros por pessoa.

“Em cada 100€ faturados, o empresário retém 3%”: AHRESP alerta para margens na restauração e pede medidas fiscais ao Governo

22 October 2026 at 13:38
TnewsO presidente da AHRESP, Carlos Moura, alertou esta quinta-feira, 22 de outubro, para a reduzida rentabilidade das empresas de restauração em Portugal, afirmando que o setor apresenta uma margem líquida de apenas 3%, apesar de gerar 23,4 mil milhões de euros por ano.

Concordato preventivo biennale 2026-2027: proposta da accettare entro il 2 novembre

22 October 2026 at 13:29

Il 2 novembre 2026 è una data da segnare sul calendario per le partite IVA che intendono aderire al concordato preventivo biennale. Entro questa scadenza, infatti, i contribuenti interessati possono accettare la proposta dell’Agenzia delle Entrate per definire in anticipo il reddito fiscale relativo agli anni 2026 e 2027. Si tratta di un accordo che può offrire maggiore prevedibilità nella pianificazione delle imposte, ma che richiede un’attenta valutazione della propria situazione economica.

Con la circolare n. 8/E del 6 ottobre 2026, l’Agenzia delle Entrate ha avuto modo di raccogliere e aggiornare le indicazioni sull’istituto, chiarendo le regole di accesso, le modalità di adesione, i motivi di esclusione e i benefici riconosciuti ai contribuenti. Ecco come funziona il concordato preventivo biennale, chi può utilizzarlo e quali aspetti considerare prima di accettare la proposta del Fisco.

Che cos’è il concordato preventivo biennale e come funziona

Il concordato preventivo biennale, conosciuto anche con la sigla CPB, è stato introdotto dal decreto legislativo 12 febbraio 2024, n. 13. Il suo obiettivo è favorire l’adempimento spontaneo degli obblighi fiscali, permettendo a determinate categorie di contribuenti di concordare preventivamente con l’Agenzia delle Entrate il reddito da dichiarare ai fini delle imposte sui redditi per due anni.

In pratica, l’Amministrazione finanziaria elabora una proposta sulla base delle informazioni disponibili, tra cui i dati delle dichiarazioni fiscali, gli Indici sintetici di affidabilità fiscale (ISA) e gli elementi presenti nelle proprie banche dati. Il contribuente può esaminare gli importi proposti e decidere se accettarli.

Per il biennio 2026-2027, il concordato riguarda il reddito derivante dall’attività d’impresa o di lavoro autonomo e il valore della produzione netta rilevante ai fini dell’IRAP, nei casi in cui l’imposta sia dovuta. L’elemento centrale è che le imposte interessate vengono calcolate sulla base concordata, anziché sul reddito effettivamente prodotto nel corso del biennio, secondo le regole previste dalla normativa. Se l’attività genera guadagni superiori a quelli preventivati, il maggior reddito ordinario non comporta automaticamente un aumento della base imponibile concordata. Se, invece, il reddito effettivo è inferiore, il contribuente potrebbe comunque dover pagare le imposte sulla base stabilita nell’accordo, salvo le specifiche ipotesi previste dalla legge.

Il concordato non elimina, tuttavia, tutti gli obblighi fiscali: restano gli adempimenti dichiarativi e contabili previsti per la propria attività e l’IVA continua a essere determinata secondo le regole ordinarie.

Chi può aderire al concordato preventivo biennale

Il CPB 2026-2027 è destinato principalmente ai contribuenti che esercitano attività d’impresa, arti o professioni e applicano gli ISA, gli Indici sintetici di affidabilità fiscale. Si tratta degli indicatori utilizzati dal Fisco per valutare il grado di affidabilità fiscale delle attività economiche.

Non è quindi sufficiente avere una partita IVA aperta: occorre verificare che la propria attività rientri tra quelle interessate dagli ISA e che siano rispettate tutte le condizioni previste dalla disciplina.

In linea generale, non possono aderire:

  • i contribuenti in regime forfetario;
  • i soggetti per i quali non sono previsti gli ISA applicabili al concordato;
  • i contribuenti che hanno già un concordato in corso per il biennio 2025-2026 e non possono quindi aderire contemporaneamente a un nuovo biennio sovrapposto;
  • i soggetti con ricavi o compensi superiori a 5.164.569 euro, secondo i limiti previsti dalla disciplina.

Sono inoltre previste condizioni specifiche relative alla posizione fiscale del contribuente. Per questo motivo, prima di accettare la proposta è opportuno controllare non soltanto il reddito indicato dall’Agenzia, ma anche l’effettiva sussistenza dei requisiti di accesso.

Debiti fiscali, dichiarazioni e altre cause di esclusione

Tra gli aspetti da verificare rientrano i debiti tributari e contributivi. Per il biennio 2026-2027, la disciplina prevede una soglia di 5.000 euro per i debiti definitivi relativi a tributi amministrati dall’Agenzia delle Entrate e per i contributi previdenziali, da valutare complessivamente secondo le regole vigenti. La verifica riguarda la situazione al 31 dicembre 2025. Dal conteggio sono esclusi, alle condizioni stabilite dalla legge, i debiti sospesi o regolarmente rateizzati. Se l’importo residuo supera la soglia, il contribuente può rimuovere la causa ostativa pagando la parte eccedente prima di accettare la proposta.

La normativa contempla anche ulteriori impedimenti, tra cui determinate omissioni dichiarative nei periodi d’imposta precedenti e specifiche condanne per reati tributari o economici. Per il 2026-2027 è inoltre rilevante la presenza, nel 2025, di redditi esenti o non imponibili superiori al 40% del reddito derivante dall’attività d’impresa o professionale.

Scadenza 2 novembre 2026: come accettare la proposta

Per il biennio 2026-2027, il termine ordinario è stato differito al 31 ottobre 2026. Poiché la data cade di sabato, la scadenza effettiva per i contribuenti con periodo d’imposta coincidente con l’anno solare è lunedì 2 novembre 2026. La stessa scadenza riguarda sia chi aderisce per la prima volta sia chi rinnova il concordato già applicato nel biennio 2024-2025. Per i contribuenti con un periodo d’imposta non coincidente con l’anno solare si applica, invece, il termine specifico previsto in relazione alla chiusura dell’esercizio.

Per valutare la proposta, il contribuente deve utilizzare il software “Il tuo ISA 2026 CPB”, disponibile sul sito dell’Agenzia delle Entrate. La procedura consente di inserire le informazioni necessarie, elaborare la proposta e visualizzare gli importi relativi al biennio.

L’accettazione può essere comunicata attraverso due modalità:

  • insieme alla dichiarazione dei redditi: la comunicazione viene trasmessa con il modello ISA collegato al modello Redditi 2026;
  • con invio autonomo: il modello CPB viene trasmesso telematicamente insieme al solo frontespizio di Redditi 2026, compilando l’apposita sezione relativa alla comunicazione.

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