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Vídeo: Exército do Irã mostra fábrica subterrânea de drones militares
Imagens exibidas pela televisão estatal do Irã nesta quinta-feira (22) mostraram o que seria uma instalação subterrânea de produção de drones, visitada pelo comandante-chefe das Forças Armadas do país, Amir Hatami.
A Reuters não conseguiu verificar quando ou onde as imagens foram gravadas.
Em declaração a um repórter da TV estatal, o comandante Hatami afirmou que o Irã está expandindo seus centros de produção, “com o suporte de uma boa infraestrutura e trabalho científico”.
Antes da guerra, o Irã possuía o maior arsenal de mísseis balísticos do Oriente Médio, incluindo munições cluster — difíceis de serem interceptadas por sistemas de defesa aérea —, segundo o governo dos Estados Unidos.
Além disso, o Irã conta com uma indústria de drones em plena expansão; antes do conflito, o país era capaz de produzir cerca de 10 mil unidades por mês, tendo o modelo Shahed como seu principal drone explosivo.
A guerra teve início em fevereiro, quando os Estados Unidos e Israel lançaram ataques contra o Irã.
A administração Trump declarou que seu objetivo é enfraquecer as forças militares iranianas, neutralizando sua Marinha, destruindo sua capacidade de produção de mísseis e drones, e garantindo que a República Islâmica jamais obtenha uma arma nuclear.
Os Estados Unidos, Israel e aliados ocidentais acusam o Irã, há muito tempo, de buscar desenvolver armas nucleares — uma acusação que o Irã nega.
Conheça o drone kamikaze Shahed-136, usado pelo Irã na guerra
Casación rechazó un recurso de Máximo y Florencia Kirchner contra los embargos de Hotesur y Los Sauces

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó un recurso extraordinario presentado por Máximo y Florencia Kirchner contra el embargo preventivo de 13 inmuebles pertenecientes a las sociedades Hotesur S.A. y Los Sauces S.A., dispuesto en el marco de la ejecución patrimonial de la condena dictada en la causa Vialidad. Por mayoría, el máximo tribunal penal del país consideró que no estaban reunidos los requisitos necesarios para habilitar la intervención de la Corte Suprema de Justicia.
La resolución, dictada este jueves, lleva las firmas de los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña, integrantes de la Sala IV. Hornos y Barroetaveña votaron por declarar inadmisible la presentación, mientras que Borinsky se pronunció en disidencia, a favor de conceder el recurso extraordinario.
El expediente tiene su origen en la condena dictada el 6 de diciembre de 2022 por el Tribunal Oral Federal N° 2, que sentenció a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos, como autora del delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública. En el mismo juicio fueron condenados, entre otros, el empresario Lázaro Báez, el exsecretario de Obras Públicas José López y el extitular de Vialidad Nacional Nelson Periotti, por irregularidades en la adjudicación de obras públicas nacionales en Santa Cruz.

Esa sentencia fue confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal el 13 de noviembre de 2024 y quedó firme el 10 de junio de 2025, cuando la Corte Suprema rechazó los recursos de las defensas. Desde entonces, el tribunal oral lleva adelante la ejecución de las penas y del decomiso de bienes, cuyo monto fue actualizado en $684.990.350.139,86.
En ese contexto, el 11 de agosto de 2026, el Tribunal Oral Federal N°2 dispuso el embargo preventivo de trece inmuebles de Hotesur y Los Sauces, sociedades cuyos accionistas son Máximo y Florencia Kirchner, quienes no fueron juzgados en la causa Vialidad. La medida tiene carácter cautelar y busca preservar las propiedades hasta que se resuelva si corresponde su decomiso definitivo.
Entre los bienes alcanzados figura el departamento de San José 1111, en el barrio porteño de Constitución, donde la expresidenta cumple prisión domiciliaria, además de unidades del complejo Madero Center, en Puerto Madero, y propiedades situadas en El Calafate, El Chaltén y Río Gallegos, en la provincia de Santa Cruz.
Contra esos embargos, el abogado Luis Joel Goldin, en representación de ambos hermanos, presentó un recurso de casación en el que cuestionó la legalidad y proporcionalidad de las medidas. La defensa sostuvo que los inmuebles pertenecen a Hotesur S.A. y Los Sauces S.A., sociedades con personalidad jurídica propia, y señaló que ni las empresas ni sus accionistas fueron condenados en la causa Vialidad. También objetó que los embargos se hubieran dispuesto sin un monto determinado y alegó que las restricciones patrimoniales afectaban el derecho de propiedad y el normal desenvolvimiento comercial de ambas firmas.

El 18 de septiembre, la Sala IV del máximo tribunal penal federal declaró inadmisible ese recurso por mayoría, al considerar que los embargos constituían medidas cautelares y que no se había demostrado un perjuicio de imposible reparación posterior que justificara la intervención de Casación.
Frente a ese pronunciamiento, Goldin interpuso un recurso extraordinario federal para intentar que la controversia fuera examinada por la Corte Suprema. En su presentación, cuestionó la fundamentación de la resolución, invocó garantías constitucionales y sostuvo que se había impedido la revisión judicial de las medidas patrimoniales.
Durante la tramitación del recurso extraordinario presentado por el apoderado de Máximo y Florencia Kirchner, el fiscal general ante Casación, Mario Villar, dictaminó que correspondía declararlo inadmisible. Por su parte, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, defensores de Cristina Kirchner, también intervinieron en el expediente y solicitaron que se habilitara su tratamiento ante la Corte Suprema.
Los fundamentos de Casación
Al fundamentar su voto, el juez Hornos sostuvo que el recurso “no se dirige contra una sentencia definitiva o equiparable a tal ni demuestra la existencia de una cuestión federal debidamente fundada”, conforme a las exigencias legales para acceder a la instancia extraordinaria.
El camarista explicó que las decisiones vinculadas con medidas cautelares no constituyen, como regla general, sentencias definitivas y que la parte recurrente no había acreditado un perjuicio de imposible o insuficiente reparación posterior que permitiera apartarse de ese criterio.

Además, descartó la existencia de arbitrariedad en la resolución impugnada y postuló que tampoco se había justificado suficientemente la gravedad institucional invocada para habilitar la intervención del máximo tribunal.
Por su parte, su colega Barroetaveña adhirió a los fundamentos de Hornos y consideró que “la parte se ha limitado a expresar su discrepancia con lo decidido”. También planteó que los cuestionamientos remitían a cuestiones de derecho común y procesal que no habilitaban, en las circunstancias del caso, el recurso extraordinario federal.
En disidencia, el camarista Borinsky entendió que correspondía permitir la revisión del caso por la Corte Suprema. En su voto recordó que “las medidas precautorias dispuestas por el tribunal de juicio están destinadas a satisfacer el decomiso sobre bienes de titularidad de sociedades cuyos accionistas, aquí recurrentes, no han sido condenados en autos”.
En esa línea, consideró que la resolución cuestionada podía equipararse a una sentencia definitiva por la posibilidad de ocasionar un perjuicio de difícil reparación posterior. El camarista también remitió a una intervención anterior, del 24 de abril, en la que había advertido una falta de fundamentación suficiente sobre la vinculación temporal entre la adquisición de determinados bienes y la maniobra delictiva.
Para Borinsky, el recurso estaba debidamente fundado en los derechos constitucionales de propiedad y legalidad, así como en los cuestionamientos referidos a la arbitrariedad de la decisión recurrida.

Finalmente, con los votos de Hornos y Barroetaveña, Casación declaró inadmisible el recurso extraordinario federal, con costas, y dispuso la remisión digital de las actuaciones al tribunal de origen. No obstante, Máximo y Florencia Kirchner aún pueden acudir directamente ante el Máximo Tribunal mediante un recurso de queja para solicitar la revisión de la decisión.
La resolución se conoció en la antesala del juicio oral unificado por las causas Hotesur y Los Sauces, previsto para este viernes 23 de octubre ante el Tribunal Oral Federal N° 5. En ambos expedientes, independientes de la ejecución patrimonial de Vialidad, se investigan presuntas maniobras de lavado de activos mediante operaciones hoteleras e inmobiliarias. Entre los acusados figuran Cristina y Máximo Kirchner, quienes fueron autorizados a participar por Zoom de la audiencia inicial, durante la lectura de los requerimientos de elevación a juicio. La medida no se extiende al resto del debate, en el que deberán comparecer personalmente cuando su presencia sea requerida.
El Ministerio Público Fiscal recibió un edificio en la ex ESMA para implementar el sistema acusatorio en la Justicia federal

El procurador general de la Nación interino, Eduardo Casal, recibió del ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, la tenencia de un edificio ubicado en el predio de la ex Escuela de Mecánica de la Armada (ESMA), en el barrio porteño de Núñez. El inmueble será destinado al funcionamiento de dependencias del Ministerio Público Fiscal (MPF), ante la implementación del sistema acusatorio en los fueros federal y penal económico de la Ciudad de Buenos Aires, prevista para el 15 de febrero de 2027.
Según informó el MPF en su portal oficial, la entrega se formalizó mediante un acta suscripta por ambos funcionarios, que comprende la infraestructura, el mobiliario y el equipamiento del edificio N° 11, denominado “Presidente Dr. Raúl Ricardo Alfonsín”. La propiedad se encuentra sobre la avenida Del Libertador 8151, dentro del Espacio para la Memoria y para la Promoción y Defensa de los Derechos Humanos, y dispone de tres plantas y una superficie de 3.681 metros cuadrados.
Las instalaciones albergarán áreas y unidades especializadas de la Procuración General que brindarán asistencia técnica a los fiscales en investigaciones complejas. Durante el acto, Casal destacó que “la infraestructura física y la disponibilidad de espacios adecuados no son meros aspectos logísticos, sino que resultan indispensables para garantizar la plena independencia operativa y técnica del Ministerio Público Fiscal”.

El procurador también manifestó su satisfacción por la respuesta a los reiterados planteos sobre la insuficiencia de espacios para implementar el sistema acusatorio en la Capital Federal. A su vez, anticipó que el edificio permitirá concentrar dependencias dedicadas a colaborar con los fiscales en investigaciones de alta complejidad.
El sistema acusatorio, que comenzará a regir en los tribunales federales de Comodoro Py y en el fuero penal económico porteño, dispone que los fiscales asuman la dirección de las investigaciones y la responsabilidad de formular y sostener las acusaciones. Los jueces, por su parte, tendrán a su cargo el control de las garantías constitucionales y la resolución de los planteos de las partes en audiencias orales. El modelo también contempla legajos digitales y plazos procesales específicos.
La reforma avanza de manera progresiva en la Justicia federal. Desde septiembre pasado, con su incorporación en La Plata, el sistema acusatorio funciona en 11 de los 18 distritos federales del país, entre ellos Salta, Jujuy, Rosario, Mendoza, Comodoro Rivadavia, Mar del Plata, Posadas y La Plata. El cronograma prevé su entrada en vigencia en Paraná el 30 de noviembre de 2026 y en Córdoba el 8 de marzo de 2027.

La incorporación del inmueble de Núñez se añade a la cesión del edificio conocido como “La Monedita”, concretada el 13 de agosto. Localizado en Cabo Pablo Teodoro Fels 330, en Retiro, perteneció a la Casa de la Moneda y fue acondicionado con mobiliario y equipamiento tecnológico. Está situado cerca de los tribunales federales de Comodoro Py y se asignó al Área de Atención Inicial del MPF y a espacios para el resguardo de efectos.
Por su parte, Mahiques indicó que las incorporaciones de inmuebles integran las medidas destinadas a acompañar la reforma procesal. El ministro precisó que, con las nuevas instalaciones, el organismo pasará a contar con más de 10.000 metros cuadrados de superficie. En el mismo predio de la ex ESMA, los edificios 22 y 23 fueron asignados al trabajo de relevamiento documental de la UFI-AMIA.

La asignación del edificio de la ex ESMA quedó instrumentada mediante un convenio firmado el 3 de febrero de 2026 por Mariano Cúneo Libarona, entonces ministro de Justicia; Eduardo Casal; y Gabriela Patricia Alegre, representante del Directorio de Organismos de Derechos Humanos del Ente Público Espacio para la Memoria. El acuerdo fue protocolizado mediante la Resolución PGN 2/2026.
El convenio fija una tenencia de 20 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales. Estipula que el inmueble deberá utilizarse exclusivamente para oficinas y dependencias de la Procuración General, prohíbe su empleo para alojar, custodiar o trasladar personas privadas de la libertad y establece condiciones para preservar el patrimonio histórico del predio.
Tres preguntas para el Defensor del Pueblo
Pese a que se vaticinaba lo contrario, el Tribunal Constitucional ha inadmitido, por una amplia mayoría, el recurso presentado por el Defensor del Pueblo. Si la credibilidad de Ángel Gabilondo estaba deteriorada, la decisión del Constitucional le ha dado la estocada final.
En las distintas e importantes responsabilidades que ha ostentado, nunca ha sido una característica de Gabilondo un nivel elevado de actividad. Ha sido su sello personal en su etapa como rector, en la de portavoz en la Asamblea y en la actual como defensor del pueblo.
Según las memorias del Tribunal Constitucional, Gabilondo solo ha interpuesto un recurso de amparo en los casi cinco años que lleva al frente de la institución, precisamente contra la decisión del Tribunal Supremo en relación con la denominada Ley de Nietos.
En lo único que se ha mostrado siempre raudo es en atender las peticiones que se le han realizado desde la calle Ferraz. Así fue cuando se le sondeó sobre la disponibilidad para ser candidato a la alcaldía de Madrid en el año 2010, aunque finalmente la decisión de la dirección socialista fue otra.
De igual manera, aceptó, en menos de 24 horas, ser candidato a la presidencia de la Comunidad de Madrid en 2015 y fue líder de la oposición hasta que Pedro Sánchez decidió que había que relevarlo y exigió alguna contrapartida. Se consideró que sería útil como defensor del pueblo.
La ironía es que quien invoca la Constitución ha recibido una respuesta basada precisamente en el respeto al procedimiento constitucional. La inadmisión de su recurso lleva a preguntarse si el Defensor del Pueblo está ejerciendo toda su función constitucional o si está concentrando su actuación en una sola dimensión del problema.
La Instrucción de octubre de 2022 estableció una presunción de exilio para los españoles que salieron del país entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. Esa interpretación administrativa es una de las cuestiones controvertidas del caso. La segunda pregunta incómoda es ¿qué investigaciones administrativas ha promovido el Defensor para comprobar la aplicación de esa instrucción y las garantías del censo?
No es una cuestión ajena al Defensor del Pueblo, el 12 de diciembre de 2024, Gabilondo dirigió un recordatorio de deberes legales al Ayuntamiento de Gijón por un error administrativo que había impedido votar a un ciudadano en las elecciones europeas.
Si el Defensor consideró necesario exigir rigor administrativo para proteger el voto de una persona en Gijón, ¿qué grado de supervisión administrativa corresponde cuando están afectados más de 163.000 electores residentes en el extranjero?
Nadie debería olvidar que la memoria de los exiliados merece respeto, pero el censo electoral, además, exige garantías y seguridad jurídica.


© EUROPAPRESS
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