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El Constitucional rechaza el amparo por la ‘ley de nietos’ y deja en el aire el voto de 160.000 españoles

Cándido Conde-Pumpido, presidente del Tribunal Constitucional, en la sede, en Madrid, el pasado 9 de octubre.

El voto de 160.000 españoles en las próximas elecciones generales sigue en el aire; y, en concreto, en el tejado del Tribunal Supremo que había ratificado su suspensión el 12 de octubre pasado y a donde lo ha devuelto este miércoles el Tribunal Constitucional al rechazar de plano el recurso de amparo del Defensor del Pueblo contra esa suspensión cautelar del sufragio. El pleno del tribunal de garantías, por diez votos a dos, ha inadmitido el recurso del Defensor del Pueblo que pedía restablecer el derecho al voto de los 160.000 nacionalizados a quienes el Tribunal Supremo se lo había retirado el día de la Hispanidad.

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Tras la decisión del Constitucional sobre la ‘ley de nietos’ ¿Sigue suspendido el voto? ¿Podrán participar el 29-N?

El Tribunal Constitucional ha rechazado intervenir en el debate jurídico que se mantiene en el Tribunal Supremo sobre el derecho al voto de 163.000 nacionalizados por la ya conocida como ley de nietos que viven en el extranjero. Los magistrados han desestimado la petición del Defensor del Pueblo de levantar la suspensión cautelar del sufragio de estos españoles de cara a las elecciones generales del 29-N. El tribunal de garantías ha adoptado esta decisión al considerar prematuro el movimiento impulsado por la institución encabezada por Ángel Gabilondo porque no se ha agotado todavía la vía abierta en el Supremo.

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© Efe

Fachada del Tribunal Constitucional en una imagen de archivo.
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La victoria de Romina que protege a todas las víctimas de violencia machista: “Decidí que no me iba a rendir”

Manifestación del 8M de 2025 en Madrid.

Romina explica por teléfono que todavía no ha “bajado a tierra del todo” por lo que ha ocurrido. Ella, víctima de violencia machista, llevaba dos años y medio intentando que la justicia declarase su despido como nulo porque la empresa la echó en mitad del proceso contra su pareja por dos agresiones sexuales. Ha llegado hasta el Tribunal Supremo, que en una sentencia del 29 de septiembre le da la razón. El fallo establece que la empresa pensó que las consecuencias derivadas de la violencia que había sufrido Romina “podrían percibirse como inconvenientes o complicaciones que no está dispuesta a asumir como empleadora”, cuando lo que correspondía era una “justificación objetiva y razonable, suficientemente probada, de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad”. Y esta interpretación sienta jurisprudencia.

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El Constitucional se dispone a rechazar el amparo presentado por la ‘ley de nietos’

Una mayoría de los doce magistrados que componen el Tribunal Constitucional defenderá este miércoles que se inadmita el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, según fuentes del órgano de garantías. El recurso pedía restablecer el derecho al voto de más de 160.000 españoles, nacionalizados en virtud de la ley de nietos, que viven en el extranjero y a quien el Tribunal Supremo ha retirado cautelarmente el sufragio a poco más de un mes de las próximas elecciones generales. La mayoría del Pleno, sin reflejar esta vez la división de referencia entre progresistas y conservadores, considera que como el Supremo abrió un plazo de alegaciones para los afectados —vigente hasta el viernes, 23 de octubre—, el recurso del Defensor es prematuro y no cumple con el requisito de subsidiariedad del amparo: esto es, que se haya agotado la vía de la justicia ordinaria.

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© Samuel Sánchez

Cándido Conde-Pumpido, el primero a la izquierda, preside un pleno del Tribunal Constitucional, en Madrid, en febrero de 2025.
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Marchena contra Conde-Pumpido: el choque por la amnistía

Estaba cantado. El auto del lunes del magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, que levantaba la orden de arresto contra Carles Puigdemont en aplicación de la doctrina del Constitucional, fijada por su presidente, Cándido Conde-Pumpido, y con notables críticas a esta, era el prólogo. La resolución de ayer de la Sala de lo Penal, firmada por Manuel Marchena, eleva varios grados la fricción entre ambas instituciones y certifica un choque de trenes que no es sólo producto de interpretaciones opuestas en materia jurídica y de competencias.

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Manuel Marchena, en una foto realiza por Jeosm, y Cándido Conde-Pumpido, retratado por Samuel Sánchez.
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Sospechas y pruebas: ¿quién perturba el censo electoral?

Un colegio electoral en Santiago de Compostela.

Imaginemos una ley que concede derechos a un grupo de personas que antes no los tenían. Imaginemos que esa ley entra en vigor y, a los pocos meses, se incorpora como disposición adicional una circular administrativa que aclara y concreta los criterios para aplicar la ley. Imaginemos que las previsiones originales sobre la cantidad de gente con derecho a solicitar los beneficios desbordan las capacidades de los funcionarios, por lo que se amplía el plazo inicial de dos años para presentar los papeles.

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